Hola a todos, quisiera saber si despues de cinco años del embargo y subasta de mi piso puedo pedir al banco algun documento de dicha subasta.¿Estan obligados a facilitarme dicha documentacion o por lo contrario no tengo eso derecho?.Mi intencion es la siguiente:saber cual fue el precio final de la adquisicion de la vivienda,y si esa cantidad era superior a la deuda del embargo ¿puedo solicitar que me devuelvan dicha cantidad de la diferencia obtenida en la subasta?.Espero que alguien me oriente sobre este tema,gracias un saludo a todos.
No sé si el Banco te daría esa información, incluso por la dificultad de buscarla en uno u otro departamento después del tiempo transcurrido.
Pero sí que podrías enterarte a través del procedimiento judicial correspondiente; si tienes los datos del proceso judicial en que se acordó el embargo o la subasta del inmueble, podrás mirar el resultado de la subasta y el precio y persona adjudicataria de la vivienda.
Sería bastante raro que se hubiera obtenido más importe que el del embargo, además de que el importe deberá cubrir antes las costas del procedimiento (peritaciones, abogado y procurador) del ejecutante, intereses devengados, y demás conceptos que en la práctica hacen imposible que quede remanente.
Si la subasta se hizo a partir de una ejecución hipotecaria, realmente no tendrías ya ningún derecho a nada; tampoco si era otro proceso pero había otros embargos anotados. Al subastar el inmueble para cobro de deudas, pierdes cualquier derecho que tuvieras sobre el inmueble.
Salvo mejor criterio. Un saludo.
Gracias por tu informacion SE6 pero lo tengo bastante dificil porque no se nada del procedimiento ni numero d sentencia ni nada relacionado.Todo esto me entere cuando volvi a mi tierra despues de estar un tiempo fuera por mi separacion ya que fue un poco conflictiva y me entere de todo por una vecina,tenia la cerradura de la puerta precintada gracias por todo.Un saludo
No sé nada de procesal, pero si pide Vd. en el Registro de la Propiedad una certificación literal de los asientos de su finca, al margen de la inscripción de hipoteca o en el asiento de adjudicación que provocó la ejecución y la cancelación de los asientos posteriores, podrá ver en virtud de procedimiento se realizaron dichas actuaciones.
Sobre si le darán o no el procedimiento completo en el Juzgado, lo desconozco. Pero si he podido ayudar en algo....