la hipoteca es de 2010, el embargo (que no anotación preventiva) de la hacienda es de 2013 y mi anotación preventiva de embargo es de 2014. el abogado solicito investigación sobre los bienes del condenado al mismo tiempo que solicito la anotación preventiva de embargo sobre el inmueble que yo indique.
Tu abogado debe solicitar al Juzgado que a través del PNJ investigue sobre los bienes del condenado. Respecto al embargo que indicas, no tengo claro si la hipoteca y el otro embargo (que puede ser preferente) están anotados con anterioridad o después del tuyo.
El art. 7 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita establece que "La asistencia jurídica gratuita en el transcurso de una misma instancia se extiende a todos sus trámites e incidencias, incluida la ejecución, pero no podrá aplicarse a un proceso distinto", por lo que entiendo que el Abogado debe continuar asistiéndote.
tras un largo juicio con una gran empresa que me llevo a la ruina a no pagarme 51.000€ por trabajos hechos y materiales aportados, he obtenido sentencia a favor en base a cual hace 2 meses se dicto e inscribió anotación preventiva de embargo sobre un inmueble de la empresa. hago mención que sobre el mismo inmueble hay una hipoteca y un embargo (hace 8 meses era solo una anotación preventiva) de la Hacienda.
he litigado con abogado de oficio, su misión acabo y por tanto ahora no le puedo pedir consejo. ¿alguien me podría aconsejar, cuándo y como debo proceder para convertir en embargo mi anotación preventiva de embargo?