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embargo

5 Comentarios
 
29/01/2015 18:53
Si lo que percibes no supera el sueldo mínimo interprofesional, por mucho que te embarguen nada vas a pagar, salvo que más adelante vengas a mejor fortuna, por lo que creo que debes olvidarte del tema y si lo consideras justo, cuando estés en mejor situación económica, abonas la deuda (eso sí, los intereses habrán ido aumentando).
29/01/2015 10:37
muchas gracias por la informacion
29/01/2015 08:42
El embargo se va a trabar igualmente, ya que la otra parte va a querer tener un medio para garantizar el cobro de la deuda.

Puede hacer ingresos parciales, pero para ello tiene que solicitar al juzgado número de cuenta donde ir haciendo esos ingresos.

28/01/2015 16:56
las condiciones en que me encuentro no me permiten hacer un ingreso por el monto total , pero puedo hacer ingresos parciales antes de la ejecucion del embargo?.porque no tengo bienes y vivo en alquiler.
28/01/2015 13:11
Si lo que le están notificando es un embargo, es porque previamente ha habido un proceso monitorio al que no se ha presentado ni opuesto.

De ser así, ahora no puede oponerse a ese embargo salvo por unas causas tasadas: pago o cumplimiento de la deuda reclamada.

Si no puede oponerse tiene que hacer frente a la ejecución. Puede llegar a un acuerdo con la otra parte para ir ingresando una cantidad en la cuenta de depositos judiciales. Si no quiere, puede dejar que embarguen la vivienda o cuentas bancarias.

El subsidio solo podrá ser embargado en lo que supere el Salario Mínimo interprofesional.
Embargo
28/01/2015 12:22
tengo una deuda de 526 por un curso y me ha llegado una notificacion por proceso de embargo,y me encuentro recibiendo subsidio, quisiera saber hasta que punto me puede perjudicar y de que manera puedo evitar.