Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

embargo

1 Comentarios
 
04/12/2013 16:00
Pueden embargar cuentas corrientes de las que seas titular, da igual que no tengas ingresos sólo saldo en la cuenta.
¿quién ha ordenado el embargo, un juzgado o una adminitración pública?
Tendrías que ir al organismo que te ha decretado el embargo y decir que el dinero de esa cuenta es para tu sustento. Si fuera una cuenta dónde esté domiciliada una nómina o una pensión, no pueden embargar el salario mínimo, 645.30, y de lo que sobre se aplica un porcentaje.
Embargo
03/12/2013 00:30
No tengo ingresos de ningun tipo de manera oficial ni nomina ni ayudas, ni desempleo, nada, solo cantidades que me ingresa mi madre en una cuenta conjunta y que yo ingreso a su vez en una cuenta de mi titularidad, cantidades que no exceden al mes de 500 euros, la cuestión que hoy al ver mi saldo que era de 498 euros, tengo un saldo de 200 y un saldo retenido de 298 por embargo, lo vi a traves de mi movil al entrar en la cuenta. Mi pregunta es ¿ sin tener ingresos de ningun tipo me pueden embargar esa cantidad y decirme que el embargo durara hasta 2049? y que pasa con mi subsistencia??? pueden dejar a una persona solo con 200 euros al mes?