Tengo un embargo por ejecutivo, del año 1994. Era fiador de un préstamo.
Ahora tengo dos certificados de la entidad bancaria: “El préstamo Nº xxxx,a nombre xxxx, está cancelado económicamente, desde 26-12-1998” y otro certificado: “ D. xxx xxx xxxx, no tiene deudas contraídas con esta entidad”.
Mi pensión sigue con el embargo. Dicen que el préstamo está fallido. Los certificados valen para el juzgado.