Hola lo que no entiendo es como me dicen en la ttss que me van a embargar un vehículo que no esta a mi nombre es lo que no entiendo y otros dos vehículos que están de baja difinitiva y en el desguace hace mas de un año.
En muchos casos el embargo consiste en realizar una anotación en el Registro de Vehículos de la Jefatura correspondiente para que no puedas realizar gestiones con el vehículo (darlo de baja, transferirlo, etc.).
Yo creo que eso nunca prescribe y se levanta cuando se salda la deuda.
Vamos a ver, la motocicleta tiene un embargo pendiente en Tráfico pero la tengo en mi casa y a mí no me ha llegado ninguna notificación desde que la tengo a mi nombre de que tenga que entregarla ni que me la vayan a embargar, mi pregunta es que si despues de más de 3 años trancurridos desde la fecha de embargo ha prescrito y no tiene carga alguna, y si no prescribiera, en cuanto tiempo se hace efectivo ese embargo?
Cual es el periodo de ejecución de un embargo? el que la moto tiene pendiente tiene como fecha el 13/07/2005 y aqui no ha llegado nada.
Cuanto tiempo tiene que pasar para que prescriba?
Pues mi opinión es que si que pueden embargar y sí que se puede transferir, de la misma forma que se puede traspasar un piso que estuviera embargado. Si le informan que sobre ese bien pesa esa carga, luego vendrá el embargo y a reclamar al maestro armero.
Vamos a ver si alguien me corrige.
Saludos
Cuando yo la puse a mi nombre no me pusieron ninguna pega, sólo me dijeron que tenia 2 embargos pendientes pero que se podía hacer la transferencia sin problema.
Mi pregunta es si la pueden requisar aunque el embargo esté a nombre del anterior propietario.
Lo extraño es que te hayan dejado cambiar la titularidad de la motocicleta.
Consulta en la Jefatura de tráfico los datos de la misma. Allí aparecerá todo lo referente al embargo. Se supone que no existirá nada y podrás venderla sin problemas.
Si hubiese alguna anotación, en teoría no podrías hacer nada hasta que la deuda estuviese saldada (sólo en teoría, ya que tú lo has hecho antes)
Con fecha 24 de Octubre de 2006 adquirí una motocicleta a un amigo la cual tenia sobre ella dos embargos, uno de Hacienda y otro de la Seguridad Social, como era de un intimo amigo la transferí a mi nombre con la promesa por su parte de liberar esos embargos pendientes. A día de hoy mi amigo ha saldado uno de ellos pero queda pendiente uno de la Seguridad Social con fecha 13/07/2005.
Mi pregunta es la siguiente:
Quiero venderla y me gustaría saber si ese embargo sigue pendiente de ejecución por parte de la Seguridad Social y se la requisarían al nuevo dueño o si ese embargo que está a nombre del anterior propietario -"mi amigo"- sólo recae sobre su actual patrimonio y no sobre la motocicleta en cuestión la cual está a mi nombre actualmente.