Una ultima pregunta,me he dado cuenta viendo la cartilla del banco que han procedido al embargo una vez mi madre habia superado el s.m.i,una vez sacando dinero para comprar,otra vez para pagar un grifo,etc,y yo tambien tengo algunos pequeños ingresos,puede ser esta la causa?que una vez mi madre saque mas del s.m.i embarguen lo que haiga?porque la pension no la han embargado ni la cuenta tampoco porque tengo unos euros todavia?puede ser un embargo puntual?siento las molestias,pero agradeceria cualquier aclaracion que me pudiesen dar,gracias
De nada y suerte.
85303748z, si quieres que te embarguen otra cosa antes que los salarios, ve al juzgado, habla con ellos y designa el bien que quieres que te embargue.
Muchas gracias jm2c mañana ire al juzgado,al banco ya he ido y dicen que no pueden hacer nada porque es un embargo automatico del juzgado no se ha retenido nada,espero que mañana con el justificante de la pension me levanten el embargo porque tengo un prestamos hipotecario,tenemos que comer,pagar agua y luz seguro,etc...
85303748z, se embarga por el orden que indica la Ley, antes que los bienes muebles e inmuebles(coches o casas) van el dinero en efectivo, las cuentas bancarias y los salarios, si se pueden unir la pensión y el sueldo que recibes, no sé, entiendo que son dos entidades pagadoras diferentes, háblalo con el juzgado.
jose23valencia, no es normal que te embarguen 157 euros de una pensión que apenas supera el salario mínimo, habla con el juzgado, pero tendrías que hablar también con la entidad que paga a tu madre que es la que realmente retiene la cantidad, seguridad social, inss, la comunidad autónoma, etc. y pedirle explicaciones.
Suerte!
y porque me solicitan el embargo de sueldos y pensiones cuando hay un bien que pueden embargar y se van directos a los sueldos de todas formas se puede unir una pension de 586 euros y el sueldo del salario minimo interprofesinal o la pension es inenbargable ,un juez puede solicitar eso gracias
a ti embargaran todo lo que exceda del salario min interprofesional, que para 2013 ha quedado fijado en 645,30€/ mensuales. Si no excedes de esa cantidad no podran embargarte el sueldo o pensiones recibidas, pero no si podran embargarte bienes que consten a tu nombre.
segun el articulo 607 apartado 7 cuando se realiza un embargo yo cobro el salario minimo interprofesional y una pension de 586 euros segun este articulo dice que se embarga a partir del doble del salario minimo interprofesional quiero saber si esto es asi puesto que tengo una deuda de 5500 euros y el juez decreta y si es asi cuanto me podrian embargar