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Embargo salarios

4 Comentarios
 
Embargo salarios
14/03/2007 18:01
HOLA DE NUEVO A TODOS LOS FOREROS Y COMPAÑEROS:

tengo una duda: si he de practicar un embargo judicial sobre la nomina de un trabjador, para determinar la base sobre la que aplicar las reglas del art. 607 de la LEC, he de tomar:
a) el total devengado, antes de aplicar descuentos de seguridad social y retenciones.
b) la base de cotización
c) la base sujeta a retención ( entiendo que ésta es = al total devengado)
d) el total líquido que percibe el trabajador

Bueno, he intentado ser lo más precisa posible. A ver si alguien me puede dar su opinión.

gracias a todos.
14/03/2007 18:37
ta falta una...

e) ninguna de las anteriores es corrcta.

Para practicar un embargo de salario, debes tomar, como el salario, propiamente dicho (art.26), por tanto la base la conformarán el salario base, los complementos salariales y la p.p. de las pagas extras, si es que están prorrateadas. Del total devengado, por tanto, debes descontar los conceptos extrasalariales, si es que existen.

Espero que con esto sea suficiente. Si no lo ves claro, puedo ser más explícito.

Saludos.
14/03/2007 19:04
Buenas tardes:

Si mi conocimientos no me fallan, el embargo se realiza directamente sobre el líquido de la nómina, en todos los casos. He estado en varias empresas y siempre lo hemos realizado sobre esa base.
14/03/2007 19:13
Tiene razón flecha, me he precipitado.

Art. 607.5 LEC "5. Si los salarios, sueldos, pensiones o retribuciones estuvieron gravados con descuentos permanentes o transitorios de carácter público, en razón de la legislación fiscal, tributaria o de Seguridad Social, la cantidad líquida que percibiera el ejecutado, deducidos éstos, será la que sirva de tipo para regular el embargo."

Saludos

14/03/2007 19:50
Pues muchas gracias por vuestra información. Arcasado, me habías asustado con lo de: e) ninguna de las anteriores.... Pero, vale, me doy por instruida, gracias por las respuesta. no se donde éstaba que no me fijé en el artículo 607.5 LEC.
Entonces creo que está claro que se ha de retener sobre el líquido total que percibe.
un saludo.