Buenas ; Tengo notificación de embargo salarial de una trabajadora ,que cobra 500 netos al mes , (esta a 50 %)como es menos SMI no la aplicamos el embargo ; ahora nos enteramos que desde septiembre tiene otro trabajo a media jornada ; mi pregunta es como tengo que proceder para embargar el salario , sumando ambos importes netos y aplicando el porcentaje sobre el total, sería correcto aplicar el total del porcentaje a embargar en nuestra nómina unicamente ?
Otra pregunta de lo mismo; aunque sea a media jornada el límite salarial es el 100% SMI ,no se aplica porcentaje para determinar la cantidad inembargable , o sí?