Hola compañeros, mi pregunta es:
en una demanda ejecutiva en la cual se solicita se embargue el sueldo del ejecutado ¿ es obligatorio que el dinero se ingrese en la cuenta de depósitos del juzgado, o en la misma demanda se puede indicar el nº de cuenta del ejecutante para tal fín? es que me parece mucho más cómodo, pero no sé si el juzgado estará por la tarea. Gracias.