Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Embargo recaudacion

4 Comentarios
 
10/10/2010 23:23
si me he dado cuenta al ver el banco, y el mismo banco me ha dado un recibo de notificacion pero el mismo dia del embargo, mañana voi a ir a recaudacion a ver que puedo hacer, ya que el dinero de la cuenta eran nominas que por lo visto tienen que embargar solo un porcentaje y no la totalidad, no me ha llegado la notificacion, la multa es del 2005 por lo que entiendo que estara prescripta, y aparte me multaron por carecer de permiso de circulacion (no tenerlo, no, no llevarlo) cuando en mi carnet pone que es valido en la fecha de la multa, asi que imagino que algo podran hacer xD
perfil IVR
10/10/2010 22:25
Si te han embargado en el banco y no has recibido notificación, entiendo que te has enterado al ver la cuenta bancaria. No obstante, en estos casos la administración te notificará mediante comparecencia en el boletín de tu provincia y a partir de entonces, podrás interponer recurso. Otra opcion, es que vayas a la oficina más próxima y pides que te notifiquen en mano. Si no vas contra una notificación, el recurso puede considerarse extemporáneo y no le darán validez alguna.

10/10/2010 11:53
ok, osea que puedo hacer un recurso, tanto por la extincion de la deuda, como por la no notificacion del embargo, pero claro si no me ha llegado la notificacion como se que ha pasado un mes? bueno el lunes ire a recaudacion y mirare que puedo hacer, a ver si aunque sea me levantan la orden de embargo y me dejan pagarla a plazos, y mientras tanto hare un recurso
perfil IVR
10/10/2010 09:05
Puedes interponer un recurso de reposición contra la diligencia de embargo de cuentas, pero siempre teniendo en cuenta el siguiente artículo:

De conformidad con el art. 170.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: "Contra la diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:

a) Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.

b) Falta de notificación de la providencia de apremio.

c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta ley.

c) Suspensión del procedimiento de recaudación”.

Los motivos de oposición tienen, por tanto, carácter tasado, debiendo el interesado fundar su oposición al acto en alguno de los motivos señalados.


Recuerda que tienes el plazo de UN MES DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA NOTIFICACIÓN DEL ACTO IMPUGNADO.

Un saludo,
Embargo recaudacion
10/10/2010 02:43
Buenas, os cuento, tengo dos multas de diciembre de 2005 que no he tenido notificacion ninguna hasta diciembre del 2009, bien pues ahora en octubre de 2010 me han embargado 800 y pico euros de mi cuenta corriente por estas dos multas, una multa era por no poseer carnet de conducir a la fecha de la multa, pero es mentira, porque en el carnet pone que es valido antes de la fecha de la multa, se puede recurrir el embargo de la multa del carnet?? como deberia de hacerlo??