Hola.tengo un problema con el inem.
En el 2009 capitalize todo el paro para montar un negocio.Resulta que la prestacion era por autonomo y no por montar una sl.bueno cuando entrego las facturas de compra no me lo quieren aceptar.Consecuencia a fecha de hoy tengo una deuda de 10,000 euros que me reclaman.Me eh quedado en paro.El 22 de enero solicite el paro.y me la dado.El 10 de febrero tenia que aver recibido 1550 euros de paro.Mi sorpresa es que no me an ingresado la prestacion ,vamos que se lo an quedado la para la deuda que tengo.Eso es legal?.Yo se que solo me puede embargar a partir del salario base.Por que me an quitado todo?Como puedo recurrir?La seguridad social me da la razon ,que es ilegal embargar toda la prestacion.De echo ellos solo me quieren quitar lo que pueden por lo legal.Por que el inem me quita todo?El dia 1 de marzo tengo cita en el inem para ver que pasa.Puedo demandar al inem o pedir un reclamo de dinero?Por que no aperece por ningun sitio el dinero.
Gracias de antemano .No se como actuar .Ahora mismo es lo unico que dependo.mi paro .Y no me niego a pagar.Pero creo que no pueden hacer eso.
Si tiene comunicación de que le han concedido la prestación, no creo que sea que se la han embargado, más bien será que su pago no ha entrado por tiempo en el pago de febrero, y cobrará en marzo con los atrasos que le correspondan.
De todas formas, el importe máximo mensual de la prestación para 2016 es de 1.087,20 euros, que con un hijo a cargo sube a 1.242,52 y con 2 o más hijos a 1.397,83.
Art. 34 Real Decreto 625/1985
El SEPE podrá efectuar las corrrespondientes compensaciones o descuentos en la prestación por desempleo para resarcirse de las cantidades indebidamente percibidas por el trabajador.
La Seguridad Social hace lo mismo con los cobros indebidos de pensiones, por ejemplo, y en algunos casos deduce también los de prestaciones de las pensiones que abona.
Efectivamente, coincido con sancho. Una cosa es un embargo, y otra cosa sería por ejemplo que le hayan pagado una cantidad que no le corresponde, en ese caso se la pueden deducir íntegramente sin tener en cuenta el mínimo inembargable. Por lo que se deduce de la información aportada, este podría ser su caso.
Este mes tenía que aver Cobrado diciembre y enero. De echo ayer estuve en el paro. Y me dijeron la cantidad que tenía que aver Cobrado. Que son 1550 euros. Pero el hombre me dijo que no la avían ingresado. Por el tema este
Mi pregunta en si. Es que si se puede quedar ellos con toda la prestación para pagar la deuda
Si percibió una cantidad indebida por supuesto que se la pueden retener.
Un embargo debe imponerlo un juez, por lo que sin conocer la documentación me inclino a pensar que no existe embargo alguno.
Gracias. Va a ser lo que diecis. Otra cosa.
Y como puedo hacer que me dejen algo de prestación. Por qué es lo único que tengo. No tengo más ingreso. Y me quedaría sin comer y en la calle por no poder pagar el alquiler.