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Embargo practicado en nómina

14 Comentarios
 
03/07/2007 10:39
Un abrazo muy fuerte, cocosilla..
que todo te vaya muy bien..
03/07/2007 10:37
Gracias por tu ayuda y ánimos, Dune.
Sé que poco a poco iré saliendo adelante hasta salir por completo.
De cualquier forma, con lo que ya tengo, he ganado y mucho desde que dejé esa vida anterior.
Besos y gracias nuevamente.
03/07/2007 09:30
Nadie vive del aire y la pension alimenticia es intocable, los jueces suelen ser bastante duros con el tema, te pongo por caso que si a tu ex le embargasen por impago de pension una posible nomina, no tendrian que respetar ningun tramo pudiendo embargarle el 100% de la misma.
En el caso de ir por la via penal, puede tener pena de carcel.
03/07/2007 08:52
Muchas gracias Dune, le echaré un vistazo. El tema de la reclamación de la pensión lo pondré en manos del abogado que me lleva la separación, estimaremos si presentarla por lo penal. Me consta y me fastidia que lleve una vida acomodada y se niegue a trabajar. No está en absoluto impedido y él piensa que no teniendo ingresos nadie le puede reclamar la pensión de la niña. Es un vividor de los muchos que existen.
03/07/2007 08:49
Se me olvidaba, el proceso de quiebra familiar es muy largo y costoso, no se hasta que punto llegan tus deudas, en todo caso, no desesperes, soluciones tiene que haber.
Despues de mi divorcio yo tuve que solicitar ayuda a la Cruz Roja ya que no tenia ni para pagar los pañales de mi hija y ahora estoy mejor que nunca..
Ánimo..
03/07/2007 08:41
También se ha conseguido declarar quiebra para particulares, no se si sera tu caso pero todo se puede estudiar.
Leete este link que te puede interesar.
http://actualidad.terra.es/nacional/articulo/familia_logra_rebajar_deudas_declarada_1113421.htm
Expon tu problema a un abogado a ver que soluciones tu puede dar que seguro que alguna tiene que haber.
Al margen de reclamarle la pension a tu ex marido, debes saber que el impago de pension no solo puede ir por la via civil, si no tambien por la penal, por ser un delito tipificado.
Aunque eso es otro tema..
02/07/2007 15:01
Cocosilla, es que son dos cosas diferentes.
La causa del embargo, supongo, que no es de tu proceso de separación ni nada por el estilo.
En eso, como dice DUNE, pues debes reclamar a tu exmarido las pensiones.
Lo único que podrías hacer es al juzgado que te dictaminó el embargo, solicitarle medidas provisonales, de acuerdo a tus circunstancias personales, de paralizar el embargo. Pero es complicado, comentaselo a un abogado.
02/07/2007 14:49
Pues me temo que no se puede reducir.
Lo siento muchisimo.
Te aconsejaria que solicites justicia gratuita y reclames a tu ex marido todas las cantidades que te adeuda.
02/07/2007 14:32
No Dune, discúlpame. Será que como ya me lo sé no me detuve en explicarlo como debía. Me deducen un 30% de la cuantía que excede del salario mínimo interprofesional. Lo expreso en cantidades, no me importa, qué carajo!! De una nómina cuyo líquido son 978,97€, me han embargado 122,51€, Me he leído el art 607 de la ley de enjuiciamiento civil y creo que está bien practicado. Me haces referencia a Hacienda, pero el embargo es por un crédito bancario y está ejecutado judicialmente.
En cuando a la pensión es todo lo contrario, está fijada judicialmente pero no la percibo. Por eso decía, que teniendo en cuenta que tengo a mi cargo a una menor que yo sóla mantengo, que si se podría bajar ese baremo.
Mil gracias por tu interés, Dune.
02/07/2007 14:14
!!pero cuanto cobras para que te retengan eso¡¡¡¡

La retencion que te tienen que hacer la puedes calcular tu misma en la pagina www.aeat.es
busca en programas de ayuda.
Alli esta el programa de calculo de retenciones, introduce los datos y te dira cuanto te tienen que ingresar.
La pension alimenticia solo tienes que declararla si esta fijada judicialmente.
02/07/2007 14:01
Gracias Dune. Pero mucho me temo que no, que el de RRHH no está por la labor de favorecer a nadie. Aprovecho para otra cosilla. Tengo una hija, soy divorciada y encima no ingresamos ni un céntimo por pensión alimenticia. Ese es otro frente abierto. Pueden bajar la deducción del 30% que me están practicando.
02/07/2007 13:41
Pues me temo que es asi, el cambiar aunque solo sea la descripcion de un concepto en la nomina tiene repercusiones en el programa que calcula las nominas. Dudo que pudiese cambiar solo ese concepto para ti sola. En todo caso, podrian cambiar la descripcion asociada al concepto y pedir una reimpresion del recibo de nomina, y luego volver a poner al descripcion correcta al concepto.
Es un apaño, pero podria ser la solucion siempre y cuando al de RRHH de tu empresa le apetezca complicarse la vida haciendote el favor.
02/07/2007 13:27
Gracias jmbohoyo, esperaré si alguien más puede sugerir otra opinión. Aunque mucho me temo que es como dices. Saludos,
02/07/2007 13:21
la realidad es que está actuando conforme a la legalidad. Lo que puedes hacer es que cuando necesites presentar una nómina en algún sitio, te modifique el concepto (como otras deducciones o algo parecido), pero ya sería un favor que te haga....legalmente está bien.
salvo mejor opinión
Embargo practicado en nómina
02/07/2007 13:18
Me han practicado un embargo judicial en nómina. Encima por un crédito generado antes de mi separación, aunque eso es algo aparte.
El tema es que me han confeccionado la nómina indicando expresamente en el apartado de deducciones "embargo judicial".
Hablo con el jefe del departamento de personal solicitando sea obviada esa desagradable información o, en su defecto, informada de forma enmascarada. Me indica que no existe otra posibilidad, ni firmar documento anexo ni nada. Se cierra en banda transmitiéndome sus disculpas.
El tema es que con esa nómina y, al menos durante cuatro años, no podré presentarla ni para solicitar un crédito de 30€ en el Carrefour.
Tienen obligación a hacerlo como lo dicen? Pueden buscar soluciones alternativas?
Gracias.