Al no ser profesional del derecho ando un poco perdido. Voy a presentar una reclamación ante la oficina de SUMA en Alicante por el impago del IBI del anterior propietario de mi vivienda.
El otro día solicité ver el expediente que figura en SUMA y aunque no lo vi, porque el funcinoario que me atendió no lo soltaba amparándose en la LOPD, me di cuenta que figuraban dos vehículos, pero vehículos matriculados en 1997 y 1980 aproximadamente.
Pregunté si habían intentado embargar estos bienes y me contestaron que vehículos de mas de 7 años no se embargaban porque el valor era muy poco... ahora bien, mi deuda es que es pequeña también.
¿Se pueden escudar en la antigüedad para no embargarlos?
¿Que artículos y ley me amparan para solicitar su embargo de estar yo en lo cierto?