Buenos días.
Ayer recibimos una carta de embargo por parte de la Agencia Tributaria en la cual se decía que el piso propiedad de mis padres (actualmente divorciados desde hace casi 3 años), quedaba embargado por un importe de 1135 euros por impago de multas por parte de mi padre. Solo que en el papel de embargo aparecía que se embargaba el piso que estaba a nombre de mis padres casados en régimen de gananciales.
Al haber un divorcio y el piso quedar como propiedad de cada uno al 50%, es posible que se lo embarguen a mi madre? Actualmente viven en él por turnos cada año.
Mi padre tiene otra propiedad a su nombre con su hermana, herencia de sus padres que es donde actualmente vive.
Muchas gracias.
Si el piso es copropiedad de los dos (da igual que sea en gananciales que en mera copropiedad) es embargable la parte del deudor, lo que si tendrías que ver es si la deuda es ganancial ya que entonces el embargo se podría ampliar a la totalidad.
Gracias por contestar.
Hay parte de deuda realizada antes del divorcio y parte posterior. Mi madre ha ido a hablar con ellos ya que mi padre tiene otra propiedad con su hermana, y además el piso que se quiere embargar tiene hipoteca, por lo seguramente al haber una hipoteca por importe superior a la deuda de multas (1135 euros) no se hasta qué punto sería efectiva, máxime cuando de ese dinero si lo hacemos en partes proporcionales con respecto a la deuda producida antes del divorcio, a mi madre le correspondería pagar 385 euros, y ella además tiene el uso y disfrute año si y año no. Es más, mi padre tiene un sueldo de 1.400 euros (jubilación anticipada) que también es embargable en un tanto por ciento.
De todas formas hemos ido a la agencia tributaria y nos han comentado que dan facilidades para pagar, se puede pagar en 2 partes o en 18 meses. Por lo que como la mitad de la hipoteca se le está pasando a él para que la pague, seguramente se llegue a un acuerdo de pagarlo nosotras a cuanta de la mensualidad de la hipoteca.