Estimado compañeros quería consultaros un tema que veo muy complicado. Resumo, mi clienta de un turno de oficio esta divorciada de su marido, hace una semana, todavia no han disuelto la sociedad de gananciales compuesta por un piso (vivienda habitual atribuida a ella y a sus dos hijos) hace poco ha recibido notificación de varias demanadas ejecutivas por créditos impagados de us exmarido, presentadas antes del divorcio, dichas notificaciones se le hace aunque no es parte demanda, pero el piso va a ser embargado al ser ganacial. ¿debo personarme en el juicio ejecutivo? ¿puedo hacer algo respecto a dicho embargo respecto a la parte que le correspondería a mi clienta? Creo que nada se puede hacer pero los someto a este foro por si alguien me puede iluminar un poco. Gracias de antemano
si está divorciada, está disuelta la sociedad de gananciales. otra cosa será que no está aun liquidada.
si es asi, mal asunto tienes. si los creditos son veraces, para que te vas a oponer si no tienes causas?, con ello solo haces incrementar las costas.
liquida la sociedad, y negocia con los bancos.