Percibo una pensión por Incapacidad Permanente Absoluta y el Complemento por GRAN INVALIDEZ; por diversas circunstancias me van a embargar el máximo posible de estas percepciones que son mis únicos ingresos. Mi pregunta, para un Especialista en la Materia ó para alguien afectado es la siguiente: En base al art. 607 de la Ley 1/2000 de 7 de Enero de Enjuiciamiento Criminal, en base a Principios Constitucionales, ó en base a Convenios Internacionales firmados por España (por ejemple Directrices de la UE) sería posible legalmente defender con posibilidades la "Inembargabilidad del Complemento de Pensión por Gran Invalidez" teniendo en cuenta que éste se percibere por ser imprescindible para costear los servicios de una tercera persona que la asista a uno para ayudarlrle a desemvolverse en los asuntos más esenciales de la vida. Si alguien lo viera factible me gustaría se pusiese en contacto conmigo a traves de este foro, así como cualquier otra persona que esté inmerso en una situación similar. Gracias a quien haya leído hasta aquí. Saludos. Manel.
Acude a un servicio de asesoría jurídica gratuito. En Madrid, está en Capitán Haya, 66, y seguro que en otras comunidades autonómicas existe un servicio similar. Busca en las páginas web oficial de tu comunidad en Consejería de Justicia o el organismo equivalente o incluso en la página web del Colegio de Abogados de tu ciudad.
Suerte.
Mi caso es parecido al de Vd., mi abogado lo intento a traves de Juzgado que llevo el embargo, no hubo suerte, siguen embargado el complemento de gran invalidez,...
Vamos a intentar a traves de Catedratico de Trabajo y SS., .....quitar la razon a la Seguridad Social.
Habablamos: rafaelreyes1@hotmail.com