Buenas tardes estoy a la espera de un embargo normal que proviene de un impago de alquiler (a un banco) , el caso está que empieze a trabajar ya y lógicamente deje de pagar unos meses la manutención de mi hija (tiene 16 y nunca había fallado), ahora me llegó a mi empresa un embargo de 300 euros por la pensión de alimentos (Ya pasa el límite de embargo), cuando llegue el siguiente se podrá aplicar igual al ser de distinta índole o se tendrá que poner a la cola?? Lógicamente quiero blindar la pensión de mi hija de momento e intentar pagar al banco de manera amistosa, gracias de antemano
El embargo por alimentos tiene prioridad a cualquier otro e incluso puede aplicarse al mínimo no embargable. El otro irá a la cola. No cobrarán mediante embargo ahora, aunque la cantidad irá aumentando.