Lo que se me ocurre es que entables un procedimiento de división de cosa común ante el Juzgado de Primera Instancia donde radique el inmueble...y así vendiendo el mismo se repartirían el dinero cada uno a partes iguales.
Somos propietarios junto a otros 5 familiares de una finca por partes indivisas en Barcelona. En el mes de junio nos llego una notificación a cada uno sobre el embargo de una parte indivisa de la finca con una prorroga de 3 años, es de una deuda de la seguridad social de una de las partes.
Que nos puede pasar a los demás? La persona embargada suele tener siempre deudas, que podemos hacer para no estar siempre con el miedo que vuelvan a embargar su parte? Podemos obligar a renunciar a la titularidad?