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Embargo hipotecario

4 Comentarios
 
Embargo hipotecario
17/07/2011 17:51
Debido a la crisis, mis padres se quedaron sin trabajo y no podrían pagar la hipoteca del piso. Entregarón las llaves al juzgado. Este mes les llego carta del juzgado en la que indicaba el juez que el banco se va a quedar con el piso por importe valorado mitad de la tasasión. Reclaman el resto de la deuda a mis padres. Ya que siguen sin trabajo no pueden afrontar esta deuda. Yo figuro tambien en el prestamo hipotecario con un porcentaje 33%. Me puede obligar el juez que pague yo toda la deuda? si supuestamente cobro 1100€ , que porcentaje me pueden embargar? los embargos hipotecarios cuanto tiempo duran? existe plazo de extinción en el caso de no tener ingresos? si mi sueldo sea inferior al salario interprofesional me pueden embargar ? en el caso contrario existe plazo de vencimiento? gracias,
18/07/2011 12:19
Con casi toda seguridad seréis deudores solidarios (mira en la escritura y si aparece por algún lado solidaridad es que si) por lo que sí pueden reclamarte toda la deuda.
Una vez declarada la ejecución no prescribe nunca.
Y en cuanto a las cantidades a embargar, si todavía no se ha declarado la ejecución dineraria(que es lo que parece por lo que cuentas), o lo ha sido después dle 7 de julio, son inembargables los primeros 962.10 € (SMI 50%) así que te podrían retener hasta 41, 37 al mes. Ten en cuenta que si tienes pagas extras en esos meses la cosa cambia y de la paga te quitarán bastante más
18/07/2011 21:37
Gracias por la pronta contestación. Sobre las pagas extras, que porcentaje me pueden embargar?
20/07/2011 09:01
Si tus ingresos ese mes fueran de 2.200 (más o menos) y los 1ºs 962 son intocables sería hasta los 1280 el 30 % (unos 95 euros), hasta 1920 el 50 % (unos 320) y hasta los 2600 el 60 % ( en este caso nos paramos en los 2.200 y quedan unos 170 €). Así que los meses de paga unos 580 € más menos.
25/07/2011 18:02
Como bien te ha dicho Morinelli, hubo una reforma en la Ley que establece que actualmente el Acreedor solo se podrá adjudicar la vivienda estableciéndose un mínimo del 60% del valor de la tasación hipotecaria, por lo que, según tu manifestación, el Banco se lo va a adjudicar por el 50%, asegúrate de que la aprobación del remate haya sido posterior al 7 de julio. Si lo ha sido con anterioridad ya está la suerte hechada. Saludos.