Buenas. Resulta que a mi empresa ha llegado una orden de embargo por una deuda que yo tenía desde hace unos años y le obliga a embargarme un tanto por ciento de la nómina. Mi pregunta es cómo puedo hacer yo para poder pagar la deuda directamente de golpe? Puedo coger los datos que van en la orden ( número de cuenta y un código) para poder ingresar yo el dinero? Gracias de antemano.
Si. Escribo algo más porque si no, no va el mensaje: si tienes alguna duda llama al Juzgado y ponte en contacto con el que lleve "ese concreto" procedimiento y que te indique el número de cuenta y la referencia (ésta es otro número, que indica el Juzgado y el procedimiento).
Buenos dias, soy trabajador eventual del Sergas por listas de contratación, hoy he recibido la nomina de un contrato de 15 dias del mes pasado y he visto que tengo un embargo judicial, quisiera saber sin al ser contratos eventuales con finalización volverán a embargarmela en el siguiente nuevo contrato o tienen que dar una nueva orden, muchísimas gracias
Si te han embargado en la nómina de este mes, lo mas probable es que tengas un embargo periodico debido a una deuda contraida con un particular o empresa o con la Tesoreria de la Seguridad Social o la Agencia Tributaria..por tanto, me temo que los embargos se haran hasta que se abone la totalidad d ela deuda que tengas contraida con la otra parte.
Saludos.
Si, lo entiendo, mi duda está en q mis contratos son eventuales de 15 días, un mes, como mucho mes y medio o dos meses y a veces no son seguidos ya q va por lista de contratación con puntuación, las listas del Sergas, no se si me explico, contratos de corta duración y determinada, yo puede q trabaje un mes completo, como 15 días o lo que sea e incluso q no me llamen algunos meses.
Siendo así, entiendo q al acabarse el primer contrato donde me embargaron cuando vuelva a trabajar que no se cuando será tendría q haber una nueva orden de embargo no? Supongo q no vale la primera ya que por ejemplo la situación podría haber cambiado
No sé si me estoy explicando bien, perdonad por la parrafada
Te entiendo lo que comentas porque estás incluido en una bolsa de trabajo del SERGAS, y te contratan segun las necesidades del servicio. Hasta ahi todo claro. Ahora bien, con respecto a lo que comentas (y copio textual lo que tu escribiste), "al acabarse el primer contrato donde me embargaron cuando vuelva a trabajar que no se cuando será tendría que haber una nueva orden de embargo, no? Supongo que no vale la primera ya que por ejemplo la situación podría haber cambiado"...En este caso, y como vas a seguir perteneciendo al SERGAS cuando te vuelvan a llamar para trabajar, si la otra parte a la que le debes un dinero (sea Seguridad Social, Hacienda, etc), no vea en un mes o dos meses que no le llegan embargos de tu nomina, oficiará nuevamente al SERGAS para preguntar en que situacion te encuentras tu a nivel laboral y las razones de por que no se ha continuado con tu embargo de nomina, a lo que la Seguridad Social o Hacienda, una vez tenga conocimiento de ello, dejará transcurrir un tiempo y volverá a oficiar nuevamente al SERGAS, a fin de continuar con los embargos de tu nomina.