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Embargo del piso donde viven los niños o de la nomina por la pensión

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Embargo del piso donde viven los niños o de la nomina por la pensión
24/04/2007 11:59
Buenass!!
Tengo unas dudas, por el impago total de la pension de los niños y de la pension compensatoria durante un año ( pork se había pedido la modificación de estas) salió la sentencia que favorecía a la exmujer a seguir pasando las mismas cantidades más los atrasos aunque si que se entendía que el exmarido no cobraba lo mismo. (Le queda para vivir 150€ al mes), por supuesto, se recurrió, ya que ella trabajaba y lo había ocultado, y se esta a la espera de la sentencia. Sin embargo, ella a solicitado la ejecución de la sentencia primera, la de la separación) y se solicitan todos los atrasos parciales de las pensiones de alimentos y compensatoria por lo que existe una ejecución de embargo.
Existe un piso en común que es donde vive ella con los hijos de ambos, el cúal se paga mediante una hipoteca a partes iguales, pero se ha comprobado que hay meses que ella no hace el ingreso de su parte, por tanto se ha solicitado la disolución de condominio y se ha ofrecido a que sea ella la que compre esa parte, (Tengo entendido que nadie te puede obligar a tener una propiedad ni a mantenerla), sino supongo que saldrá a subasta pública ¿ella se podría presentar?.
Entre todo esto ella a solicitado al juzgado que no se le embargue la nómina sino toda la parte de la propiedad que tienen en comun, pero no que el den a ella la parte que el corresponda,(por ejemplo 1% más, de lo que tenía), es decir, que salga a subasta la parte del exmarido para poderse presentar ella a la subasta y comprar el total de la misma... ¿esto se puede hacer?
Y si se hiciera y luego saliera la sentencia de la modificación de medidas y favoreciera al exmarido, ¿que pasaría? ¿no es más lógico en todo caso embargarle la nómina? hablamos de una cantidad de 6.000 euros ( el abogado es el que le aconsejó de no pagarlo mensualmente ya que la pensión de alimentos no tiene caracter retroactivo y no se devuelve, pero no es así la compensatoría que se puede reclamar la devolución ¿no es así?) gracias por adelantado y espero haberme explicado bien.