No sé muy bien a qué te refieres (¿quizá sea algo autonómico?), porque si es una deducción en principio es que tienes tú que pagar menos en algo, no que te ingresen algo a ti, pero vamos, sea como fuere cualquier ingreso está sujeto a embargo, con los debidos límites y tramos en cuanto a ingresos inembargables. Que tú tuvieras previsto algo con ese dinero, o con tu sueldo, o con una herencia, o lo que sea, no priva del derecho del acreedor a cobrarse su deuda.
El embargo es a raíz de un arrendamiento, el tema es que me embargaron la nómina el porcentaje legal y aparte me quitan lo de la deducción por familia numerosa es decir están cobrando por ambas partes a lo cual me están perjudicando por otro, la duda mía es si solo se puede pedir el embargo solo de nómina. Ya que lo de familia numerosa lo tenía destinado a otros pagos.