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Embargo de usufructo de vivienda

1 Comentarios
 
Embargo de usufructo de vivienda
23/06/2021 19:05
Buenas tardes, resumo mi caso a ver si me pueden aconsejar sobre qué hacer.
Tengo la nuda propiedad de la vivienda en la que vivo desde hace muchos años. Mi madre, de 91 años actualmente, era la usufructuaria de la misma. Perdió el usufructo porque no pudo responder a un aval con el que ayudó a uno de mis hermanos y el banco la embargó. Yo me negué a comprar ese usufructo porque el banco me pedía una barbaridad. Tras un intento de desahucio de mi casa, llegamos a un acuerdo de pagar un alquiler por seguir residiendo en nuestra vivienda; tras dos o tres años pagando, nos entrevistamos con un directivo del banco y llegamos a un acuerdo verbal para hacer un nuevo contrato que no fuera tan lesivo para mí y dejé de pagar; les mandé dos burofax diciendo que estaba dispuesta a llegar a un acuerdo porque no me llamaban. No recibí ninguna respuesta durante cuatro años. Ahora nos acaba de escribir un fondo irlandés, que parece ser que compraron deudas al banco, y nos reclama el pago ( no especifica de qué)
No sabemos qué hacer. Ni el banco ni nadie vinieron nunca por aquí; hemos hecho frente a todos los gastos que genera la vivienda. No debemos dinero a nadie. Y tememos que nos exijan por vía judicial más dinero por vivir en nuestra casa o que directamente pidan otro desahucio. Además, mi madre tiene muchos años y cuando fallezca tenemos entendido que se extingue el usufructo, es así?
Les estaría muy agradecida si pudiera recibir algún consejo. Gracias.
23/06/2021 20:49
Esos fondos irlandeses compran al peso miles de deudas, que les vuelca el sistema de impagos del banco. Se trata de una cuestión de contenido estrictamente económico, sin contratos complejos ni añadidos, sino con la mera valoración que el banco dio al usufructo. Esto quiere decir que el fondo no tiene el contrato que les permite vivir a ustedes ahí, que es el contrato de alquiler, y por tanto no podrán desahuciarles. Sin la menor duda el usufructo de su madre es originariamente viudal, por lo que podrían redimirlo poniendo el valor del 10% de la casa a efectos del impuesto de transmisiones patrimoniales. Pero si no tienen dinero, no se preocupen: el usufructo no es un título ejecutivo del que devenga un embargo, sino de uso, y no se les van a presentar los irlandeses a vivir en su casa ni tampoco se la van a alquilar a nadie.