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Embargo de un salario debido abonado tras sentencia

9 Comentarios
 
06/04/2017 16:03
juliooooooooooo
Ok entendido. Bueno finalmente informo que ya cobre el dinero, no hubo problema alguno en recibirlo en la cuenta como autorizado. Muchas gracias y saludos.
05/04/2017 17:02
juliooooooooooo
A ver, que yo sólo doy mi opinión, y por si le sirviera de algo, le he comentado que yo, si tuviera que abonar una sentencia (o la transferencia), la hago en la cuenta del titular o no la hago. ¿Motivo? Porque yo no sé cómo se lleva usted con su mujer, ni si tiene ahí domiciliadas más cosas, sólo sé que, caso de haber algún problema con ese dinero, al juzgado le consta que yo lo he ingresado en una cuenta en la que usted, por muy apoderado que esté, no es titular, y me pueden buscar las vueltas.

Es mi opinión, simplemente.
05/04/2017 16:53
juliooooooooooo
La cuenta es de mi mujer no del vecino del 5, y es la cuenta en la que domicilio mis recibos, asi que no es nada extraño.
Podrian pagar por cheque nominativo?? Es a lo que te referias con que si puedesn?? Saludos.
05/04/2017 09:25
juliooooooooooo
Pues poder pueden, pero la verdad, yo tampoco haría un ingredo, sobre todo si es una cantidad considerable, a nombre de una persona que no es el titular de la cuenta.

Usted conoce su situación, ero quien le hace la transferencia no, y si hay algún problema las responsabiliades le van a salpicar.
04/04/2017 20:30
juliooooooooooo
Buenas me llamaron del ayuntamiento para informarme que devolvieron la transferencia ya que los muy inteligententes la hicieron a la cuenta en la que percibia la nomina hace dos años cuenta que hoy no existe. Obviaron el numero de cuenta de la sentencia que es el actual y sorpresa la mia cuando la digo la cuenta nueva de la que soy solo autorizado y me dice que ahi no lo pueden hacer que la van a devolver, la digo que ahi recibo la nomina y no tengo problema y que seria la leche que me dejen sacar dinero de esa cuenta y no meterlo jeje. Me gustaria saber si es posible que no llegue a cobrar por ser autorizado de la cuenta???
Y de ser asi podrian pagarme por cheque nominativo??? Recuerdo que son mas de 3000 euros y se que no se pueden pagar en cheque al pirtador pero se podria en cheque nominativo??
Siento las preguntas pero hacerselas a mi abogada es solo posible los jueves que es la de ugt y es cuando esta dispinible. Gracias.
31/03/2017 20:08
Khameo
Gracias por responder, es por una sentencia antigua y notificada en su momento, pero vamos que he estado trabajando unos dos años desde entonces y no me han embargado nunca el salario, y en el ultimo trabajo llevo casi un año. Por eso digo que quiza por esa sentencia seria.
El ayuntamiento dice que espere que esta en plazo. Gracias.
31/03/2017 01:21
juliooooooooooo
El juez no puede dar orden de eso sin que se hayan iniciado y notificado diligencias contra ti, que no es el caso porque deberías saberlo. Si tu hermano ha cobrado ya la cantidad ve al ayuntamiento y consulta, puede haber algún error administrativo... Si no te responden o no saben ve directo a los juzgados y plantea tu situación.
30/03/2017 19:19
juliooooooooooo
Gracias por la respuesta, al banco no ha llegado nada, quiza el juzgado haya dado orden de no transferirme ese dinero para darselo a la financiera que me denuncio, seria posible??
No se que pensar, el ayuntamiento me dice que espere que esta en plazo, y la abogada que me lo miraba y me llamaba y sigo esperando. Gracias de antemano.
30/03/2017 09:25
juliooooooooooo
La totalidad no pueden embargarla, y si aplican un porcentaje sobre el total, impugne o demande diciendo que no, que no pueden hacerlo sobre el total si no por la cuantía de ese total que corresponda a cada mes. A ver si logro explicarme mejor:

le abonan 5000 € por 24 meses de atraos. Pida que dividan 5000/24 , y sobre ese resultado (208 € en el ejemplo) le apliquen, si pueden, los porcentajes que marque la ley.

de todos modos, para saber si le han embargado hable con el banco donde debían hacerle el abono.
Embargo de un salario debido abonado tras sentencia
30/03/2017 07:44
Muy buenas, hace un par de años estuve trabajando en el ayuntamiento de mi pueblo, era un contrato temporal de 6 meses para parados en el cual cobrabamos 740 euros mensuales cuando debimos cobrar segun convenio del ayuntamiento que era sobre 1200, despues de denuncia de varios compañeros resulto que condenaron a pagarnos esa diferencia.
A dia de hoy mi hermano ha cobrado ese pago y yo no, siendo la sentencia judicial de ambos conjunta.
Yo me estoy empezando a preocupar porque tengo una sentencia de hace unos 4 años de embargo por parte de cofidis por una deuda de 5000 euros, de la cual no me han embargado nunca mas que pequeños saldos en la cuenta, accion que realizan una o dos veces al año. Desde dicha sentencia he estado trabajando casi dos años en diferentes puestos y nunca han procecido a embargarme mi salario en esos trabajos, cuando era una de las cosas a embargar en dicha sentencia de embargo.
Creeis que ese dinero que condenaron a pagarme a mi ayuntamiento (3300 euros) me lo han podido embargar??
De ser asi me tendria que notificar ese embargo alguien no??
Ese dinero es un salario no recibido en su momento, en caso de embargarlo no deberian embargarme la totalidad al ser salario no??
A lo mejor a mi no me ha hecho aun la transferencia y me estoy preocupando sin motivo porque aun tienen 15 dias de plazo y a mi hermano lo pagaron hace dos dias solo, pero agradeceria que me aclaraseis mis dudas. Gracias de antemano.