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embargo de un piso

2 Comentarios
 
12/11/2007 22:48
Tramp puedes ejercitar una acción revocatoria o pauliana y no hay litisconsorcio pasivo necesario aunque si sería recomendable.

un saludo
05/11/2007 17:27
Bueno para saber si pueden alegar litisconsorcio pasivo necesario* o no, habría que ver a quién se ha demandado, lo planteas como un defecto así que me imagino que no has demandado a todos, si es así es muy posible que el contrario te lo alegue como excepcion procesal, pero debería hacerlo en la contestación a la demanda no en la audiencia previa.
Embargo de un piso
31/10/2007 19:52
saludos a todos. tengo un problema y me gustaría que me ayudárais. un tipo tiene contraida una deuda conmigo. A la hora de embargarle el único bien que tiene es un piso, pero se lo ha vendido a su hermano por un precio muy inferior al real. ante esta situación he planteado una demanda de juicio ordinario en el que solicito la declaración de nulidad de la compra-venta. llegado el acto de la audiencia previa nos podemos hallar ante un supuesto de litisconsorcio pasivo negativo? otra pregunta es si el defecto no se plantea de oficio el juez podría apreciarlo de oficio o a instancia de parte? muchas gracias y espero ayuda gracias