Estoye ejecutandio las costas impuestas a la promotora demandada y tras pedir informe patrimonial al S.A.P. resulta que la condenada tiene un verdadero pastonazo en una Caja de Ahorros.
El "problema" es que dichas cantidades deben estar sujetas a algún tipo de garantía para la construcción o similar dado que el saldo medio durante todo el 2009 es idéntico al saldo del 31-XII-09.
Aun a pesar de ello he solicitado el embargo de la cuenta corriente por el importe ejecutado aunque lo que me pregunto es si ese importe se detraerá de su cuenta estando vigente esa hipotética retención o por el contrario debo esperar a que se levante esa retención.