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embargo de salarios

1 Comentarios
 
01/07/2003 11:10
Hay que sumar ambos sueldos para establecer la cantidad a embargar y solo sobre el neto que se perciba, no sobre el bruto. Art. 607.3 y 607.5 LEC
Embargo de salarios
30/06/2003 19:03
¿alguien me puede dar su opinión acerca de si una persona que tiene dos salarios, habrán de computarse los dos juntos a efecto de embargar el sobrante del salario mínimo interprofesional, o por el contrario habrán de computarse separadamente y se embargará la cantidad que sobrepase del SMI en cada cada uno de los salarios?.
El asunto lo planteo porqué si computamos los salarios por separado, éstos no sobrepasan el SMI, pero juntos sí, y la duda no sé como resolverla.Gracias por adelantado. Un saludo.