Aunque llegases a un acuerdo de pago aplazado, no supondría la eliminación del CIRBE. El CIRBE no es lo que comúnmente se conoce como un "fichero de morosos", su utilidad es conocer el estado de endeudamiento del cliente. En este fichero figura el capital vivo de los créditos del inscrito siempre que supere en total la cantidad de 6.000 €. El problema viene porque además del capital vivo, también figura el estado del crédito: Normal, Mora superior a tres meses o incobrable. Esta información se guarda durante 10 años desde la fecha a la que se refieran. Por lo tanto, aunque llegases a un acuerdo no se eliminarían los datos del CIRBE donde figuraría el préstamos como incobrable o mora hasta su total cancelación.
Ahora bien, si lo que deseas es pagar 200€ mensuales en lugar de 55€ que te retienen, siempre puedes hacer un pago periódico de 145€ a la cuenta de consignaciones del juzgado, con la referencia que te indicará el gestor procesal.
El abogado de la financiera ya le ha dicho que nada de plazos. Eso ya lo tuvo usted, y no lo cumplió (por muy justas que sean sus explicaciones de salud); de ahí que no quieran ni oír hablar de más plazos. El juzgado no tiene autoridad para imponer plazos de cobro al acreedor, ni ninguna otra cosa distinta que el pago total o el embargo, entre otras razones porque lo que se está ejecutando es una sentencia del propio juzgado, que no puede variarse bajo ningún concepto. No le van a cambiar lo ya decidido, no cabe recurso contra ello. Se le sugiere que no se esfuerce haciendo escritos ni visitando funcionarios.
Hola a todos,tengo un embargo del juzgado ,en 2011 compré un coche y en 2015 se me concedió una incapacidad permanente total de 393 euros y la imposibilidad de trabajar por lo que suspendí los pagos a la financiera, intenté llegar a acuerdo para devolver el coche y solucionar mi deuda pero al haber 3 cuotas impagadas,me ofrecieron 2000 euros por el coche y mantener deuda de 6000 euros algo que me negué pies el valor del coche rondaba aproximadamente el precio total de ka deuda,en 2016 el juzgado valora si el seguro se podía hacer cargo por mi condición pero solo si era incapacidad permanente absoluta por lo que me quedé sin posibilidad y como no podía pagar, el juzgado me puso embargo pero no se ejecutó,al cabo de 5 años de operaciones y demás vuelvo al mundo laboral en mayo de 2021 hasta la fecha,al cambiar de dirección en estos años me solicitaron presencia en el juzgado en noviembre de 2021 y finalmente se ejecutó el embargo sin mi presencia y reza que no hay posibilidad de recurso,he ido al juzgado porque me embargan 53 euros al mes para llegar a un acuerdo de 200 euros mensuales, algo que el juzgado vio con buenos ojos y me dieron los contactos de procurador y abogado contrario para que llegáramos a un acuerdo,los abogados de la financiera no están dispuestos a pago mensual solo a un único pago ahora de 11000 euros con comisiones incluidas ,algo imposible pues estoy en el cirbe por ellos y ningún banco va a darme tal cantidad ,el procurador me ha dicho que si no hay acuerdo vaya al juzgado hacer un monitorio algo que no entiendo, quería saber si hay posibilidad de realizar escrito al juez para evitar abogados que no puedo costear para ver si me acepta ese pago mensual pero iré el lunes por lo que hoy desearía si alguno de los foreros me pudiera orientar sobre mis posibilidades,un saludo a todos y suerte