He finalizado hace meses mi mandato como Presidente de Comunidad de Propietarios y me he enterado recientemente de que, sobre una parte de las remuneraciones del conserje, el Administrador no está aplicando un embargo judicial sobre el salario, durante bastantes años (se está pagando fuera de nómina sin mi conocimiento).
Tengo claro que la comunidad de propietarios puede ser responsable solidaria de las cantidades no embargadas.
Mi pregunta es si existen responsabilidades penales por delito de desobediencia leve y a quién son imputables (el Administrador o los Presidentes sucesivos). El Administrador alega que se limitaba a cumplir órdenes (verbales) y que la responsabilidad es de los Presidentes.
la comunidad es la última responsable y por ende sus representantes, (presidentes)
las órdenes verbales son notas sobre bara de hielo, no sirven de nada.
exija junta extraordinaria urgente.