En el caso de varios embargos simultáneos de salario por orden judicial derivados de deudas con entidades financieras, leo en diversos lugares información contradictoria:
por un lado hay quienes afirman que no se puede sobrepasar los límites establecidos por el articulo 607 de la LEC y que los otros embargos pendientes deberan esperar a que se acabe de satisfacer el primero en orden de prelación
por otro lado hay quienes afirman que sí que se puede por el 2º y sucesivos embargos actuar contra el remanente del salario mientras se respete el SMI
Alguien conoce bien este tema y conoce jurisprudencia al respecto??