Puede un ayuntamiento de 2000 habitantes de la comunidad de madrid mandar la orden de embargo de salario por una deuda local a una empresa que no radica en su término municipal? En principio necesitará de la colaboración de la AEAT para ello no? O de la comunidad de Madrid no?
Dependerá de que tenga Convenio para ello. Actualmente lo tienen muchos municipios.
De todas formas, por una deuda a una empresa privada, el ayuntamiento no puede embargar ¿Es una empresa propiedad del ayuntamiento?
No no. Se trata de una deuda de un particular por plusvalia local. Y le han mandado el aviso de embargo de salario q han enviado a su empresa q no radica en el municipio. Y este pueblo de madrid de 2000 habitantes no está adherido al convenio con la AEAT para la recaudación ejecutiva ni me consta q lo tenga con la comunidad de madrid. Si no tiene convenio ellos no tienen competencia no?
Cuando un ayuntamiento no tiene convenio es porque la gestión recaudatoria la lleva a cabo con medios propios. Por ejemplo, el municipio de Madrid.
Los ayuntamientos están capacitados para ello.
Por tanto, a falta de más datos, ese embargo es efectivo.
Me informan que el ayto no tiene suscrito convenio alguno y que es la empresa privada de recaudación q colabora con ellos la q le ha facilitado datos de la empresa del deudor para embargarle el salario. Entiendo q no son competentes para ello si no tienen convenio con la AEAT o la comunidad de madrid.
Muchos ayuntamientos gestionan la recaudación con medios propios y para ello contratan los servicios de empresas privadas. Eso no afecta para nada su propia competencia. Es igual que contratar una empresa de seguridad en vez de recurrir a la policía local para vigilar la sede del ayuntamiento.
El tesorero ha visto que estaba dictando un embargo para el que no era competente ( por la negligencia de la empresa que lleva la recaudación ) y ha levantado el embargo como solicitaba en mi recurso. Un ayuntamiento q no tenga convenio con la AEAT no puede embargar fuera de su término municipal