el juzgado me a condenado a un pago de un alquiler que por motivos personales no pude pagar en su dia mi pregunta si alguien me puede ajudar es si me pueden embargar de la cuenta la pirmi cobro 570, me la retienen en la cuenta y lo embargan o no la pueden tocar y me da tiempo a sacarla?? necesito ajuda
Gracias don o dña "Hathor" pero como le comente mi situacion era y es muy mala ya que si le quitan esa pension a mi mama nos quedamos mi madre con 80 años mi hijo y yo en la calle ya que no podriamos pagar nada de hay es mi desesperacion y por eso en los tiempos que vivimos gracias a ZP yo me digne a orientar a aquellas personas que estuvieran en una situacion igual o parecida no es que nos quisieramos eximir del pago de la multa es que no podemos hacerle frente como millones de personas en ESPAÑA. Un Saludo.
Siento la situación por la que estás pasando, la entiendo más de lo que te crees, como ya he dicho en un principio me alegro de que todo haya salido como esperabas.
Hola "Hathor" usted no sabe en la situacion en la que estamos debemos 4 meses de alquiler, 2 recibos de luz, 1 de agua yo y mi hijo de 17 años vivmos con mi madre que es la que tiene el embargo de una pension dela cual vivimos son 347€ mes y no quiero entrar en polemicas ni con usted ni con nadie cada uno tien una situacion yo estoy en paro llevo 5 años parado y con un hijo que estudia sabe usted? y no le estoy pidiendo que usted me pague la multa ok?
Me alegro de que todo haya salido según tus deseos, pero... no me parece bien.. si cometes infracciones de tráfico.. las pagas! yo tampoco estoy en posición de dedicar parte de mis pocos ingresos al pago de multas, pero si infrinjo la ley, me las cobran...
Muchiisimas gracias "URRES" pero me dijeron que no se puede hacer un cambio ya que tendriamos que notificarlo a la seguridad social y ellos solo hacen el ingreso a la persona a la que va destinada la pension gracias tambien a "KATIA" y les voy a contar lo que hice ayer dia 15 de Marzo fui a mi delegacion de hacienda y me pasaron al departamento de cobros de multas y el funcionaro muy amable me dejo todo claro y me dijo que:
El lleva los casos de embargos de cuentas y bienes que el caso de mi madre no es el ultimo ni el primero que la multa viene a nombre de mi madre ya que ella esta como propietaria del vehiculo sobre el embargo me dijo que no me preocupara y que no dejara dinero ahorrado en la cuenta y que si dejase, por ejemplo 3€ y se lo embargaran a mi madre que cogiera sobre la marcha la libreta actualizada y me presentara otra vez en la delegacion de hacienda en la misma seccion cobro de multas y le presentase la libreta actualizada donde se viera reflejado que el dinero que esta en esa cuenta proviene de una PENSION NO CONTRIBUTIVA y de que no pasa del SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL ya que hacienda se hacen los locos y no contemplan de donde proviene dicho saldo en tonces me dijo que automaticamente me levantaria el embargo sobre la marcha y volverian esos 3€ a estar disponibles en la cuenta y asi cada mes aunque me dijo que despues de levantar el primer embargo el segundo puede tardar unos 4 o 5 meses pero que nunca deje dinero ahorrado asi ven que ese dinero es indispensable para la subsistencia de la unidad familiar y asi hasta que se levante definitivamente y tambien me dio a enteder que estos embargos no llegan a nada y con media risa me dijo que no me preocupara y que no iva a pasar nada. Yo les agradezco a todos ustedes sus respuestas y apoyos.
Dejo este comentario para que ustedes lo transmitan a los demas usuarios o personas que estan pasando por lo mismo para que sepan los pasos a seguir y no se preocupen como lo estuve yo y para que se lo transmitan a los demas espero que les sirva. MUCHIIISIMAS GRACIAS POR TODO. UN SALUDO MUY CORDIAL A TODOS.
Como le indicaron más arriba, la pensión que percibe su madre es inembargable, pero otra cuestión es que en las cuentas tenga saldos que sí puedan embargar, una posibilidad sería que procure dejar las cuentas con saldos mínimos, no deje que se acumulen las pensiones, para que el saldo sea bajo.
Saludos,
javi..
yo solo copié en mi ultima entrada, lo que encontré en el enlace que te puse mas arriba, ya que ví este caso, y me acordé de tu caso..
Pregunta en el bancop, si puedes cambiar el titular de esa cuenta,,osea, que aparezca tu nombre, cómo titular, y tu madre como co-titular,
pero debe ser la autorizavción de tu madre,
y cómo es tan mayor.pues creo que lo podrias mirar.
ya está bien, que tráfico nos robe lo poco que tenemos.
Buenos dias "ures" gracias por su respuesta le comento que mi madre tiene 80 años y lleva con la misma cuenta desde que le concedieron la pension que fue a los 60 mas o menos primero fue por invalidez y despues se la pasaron como no contributiva lo de pasar la pension a otra cuenta no se hasta que punto sera efectico ya que si va a nombre de ella pues se la embargaran iguamente ya que averiguarian. Un amigo me comento que estaba cobrando la ayuda del paro y el tenia embargos sobre la cuenta en la que le ingresaban el subsidio y a el no le tocaban la ayuda y el embargo era por lo mismo por multas de trafico eso si no podia dejar un euro si no se lo quitaban despues otro conocido mio que es ex-policia me comento que cuando te embargan la cuenta hacen lo que llaman los barridos los dias 2 de cada mes y si hay 1 € lo retienen y el dia 22 del mismo mes pasa a ser embargado o retirado ¿puede ser asi esa es mi pregunta? GRACIAS.
La pensión, si es no contributiva, no alcanza la cuantía suficiente para ser embargada como tal, pero lo que hace la administración es solicitar el embargo de los saldos de las cuentas en vez de las pensiones, y esos saldos no están sujetos a mínimos. Tendrán Vds. que demostrar que ese saldo deriva únicamente de la percepción de una pensión no contributiva.
Un saludo.
Hola me gustaria que algun especialista en el tema me diese una respuesta ya que nadie me ha respondido al mensaje anterior tengo miedo que le embarguen la pension a mi madre no tenemos oro medio para subsistir por eso les pido encarecidamente que me den una respuesta certera o aproximada ya que si leen los mensajes anteriores me dan respuestas de diferente indole o sea unas personas dicen que no pueden proceder al embargo y otros que si pienso repito pienso que si esta pagina es para consultas legales deberian por lo menos de que las respuestas sean mas o menos orientativas. Y me gustaria saber si las personas que responden en este foro son abogados o cualquier internauta puede opinar en esta pagina ya que si fuese asi crearian mucha confusion a personas como yo que estan desesperadas por culpa de esta democracia o de esta era de desesperacion ciudadana en la que prima el desempleo y la pobreza. Les mando UN CORDIAL SALUDO y me gustaria una ultima respues u opinion GRACIAS.
Ven lo que os digo ahora me dice un compañero/ra vuestro que si embargan pero la cuenta corriente es que ya no se de quien guiarme ya que (Nuria M.G.) me da esperanzas al igual que (nazka32) pero miren lo que dice vuestra compañera (sarapiki) que si proceden al embargo pero de la cuenta corriente por favor diganme algo en claro ya que siempre me dan dos respuestas alegres y una triste les agradeceria encarecidamente que me dieran respuesta a lo que dice la señorita (sarapiki) lo de que le van a embargar la cuenta que al caso seria lo mismo ya que todas las pensiones se cobran a traves de bancos o cajas. Les agradeceria que me respondiesen las personas que me dieron esperanzas Muchas Gracias.
terabithia, asi es, embargan la cuenta corriente directamente... asi que si la pension se la ingresan en una cuenta bancaria, propiamente no seria la pension lo que le embargan sino dicha cuenta... total, que se quedaria sin blanca igualmente
Para mí que la funcionaria que te atendió en hacienda no sabia mucho de que hablaba, haznos caso, la pensión no se la pueden embargar a tu madre, el coche como te dice nuria pues si.
No creo que os llegue ninguna orden de embargo por eso porque no procede.
javi, el embargo es administrativo y no pueden embargarle la pensión no contributiva (aunque ZP sea capaz de eso y de más para recaudar), pero si pueden ir contra el vehículo si está ya pagado porque es bien embargable.
Un saludo.
Gracias por su respuesta (terabithia) ya me siento mas tranquilo pero creo que hay unarticulo creo que es el 607 de Enjuiciamiento Civil aparatado sobre Embargo de Pensiones y Salarios que no pueden ser embargables si no superan el salario minio profesional diganme si me equivoco. Y retorno mi pregunta anterior a NAZKA32 haber si me puede responder. Gracias Un Saludo.
Una cosa es el embargo de un juzgado por deber dinero a alguien y otra cosa es hacienda,hacienda tiene potestad para embargar sin pasar por el juzgado ,si hay devoluciones en IRPF,embargan diretamente,es más en cuestión de multas en mi localidad (no sé si en las demás),embargan directamente la cuenta corriente o los depositos que se tengan....
Gracias por su respuesta pero ayer fui a mi delegacion de hacienda y me dijo, una funcionaria que si le ivan a embargar la pension ami madre ¿puede ser asi? o ¿ellos solo informan sin saber ya que ellos solo se limitan a recaudar? entonces que hacemos esperamos y si llega algo del juzgado como debemos proceder? perdoneme si es mucha la molesia pero como dije en el mensaje anterior unos dicen una cosa y otros otra y no se como proceder le agradeceria una respuesta y ya no le molestaria mas. Muchas Gracias.
No pueden embargarle, solo se puede embargar lo que exceda del salario minimo interprofesional, y en este casl la pension de tu madre ni llega.
Tranquilo. Un saludo.