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embargo de nomina

5 Comentarios
 
07/02/2012 08:35
De todas formas para llegar al embargo antes tendria que haber una demanda y te tendria que comunicar algo el juzgado, no el despacho de abogados por su cuenta decide si embarga o no.
06/02/2012 23:02
Solamente dos matices:
- Las notificaciones no certificadas no tienen validez (a grandes rasgos pero es así).
- Cuando un acreedor funciona así suele ser porque tiene muy poca fe en que va a poder cobrar. Porque le faltan pruebas, ha prescrito, o cualquier otro detalle técnico.
06/02/2012 19:09
Gracias.
Pero ¿Tu sabrías decirme si después de tantos años y sin ninguna notificación, podrían hacerlo?
06/02/2012 18:13
Lo de los 960 € es para deudas hipotecarias.
06/02/2012 18:12
Solo te pueden embargar el 30 por ciento del segundo SMI del sueldo:

1er. SMI - Inenbargable
2o. SMI - 30 por ciento.

1.010 - 641,40 - 368,6

368,6 - 30 por ciento - 110,58€ EMBARGADOS.

Embargo de nomina
06/02/2012 17:42
En el año 1994 compré unos muebles, financiados a 5 años con el banco Pastor.
En 1996 me separé de mi pareja. El me prometió que la deuda que quedaba pendiente la abonaría él con el dinero obtenido con la venta del piso. Yo me lo creí hasta el año 2007 que me llegó una carta de un abogado de Sevilla, que me reclamaban la deuda. Por cierto con unos intereses enormes, ya que cuando se dejó de pagar quedarían pendientes unas 300.000 pesetas y me reclamaron en el 2007 cómo os dije 6.700 €. La carta no vino certificada, ni siquiera con mi dirección actual, pero la recibí porque es un pueblo pequeño y nos conocemos todos, incluído el cartero. Ahora en el 2012 tengo miedo de que me vuelvan a enviar otra carta porque me dijeron que tarda 15 años en prescribir la deuda si te van avisando. Pero ¿pueden embargarme la nómina cuando no me han enviado nada certificado?
Yo tengo un salario de 1.010 € con las pagas incluídas ya que me las prorratean. Cuánto pueden embargarme de esa cantidad?
Tengo un montón de dudas sobre el SMI. Además el otro día oí en la tele que los bancos no pueden embargar nada de la nómina si no supera los 960 €
¿Es eso cierto?
¿Alguien puede aclararme algo?
Porque yo desde hace tiempo, no vivo con este tema.
No tengo nada en propiedad y vivo con lo justito, pagando un alquiler de 450 € si que quitan parte de la nómina entre luz, agua, tlf. etc. no me quedaría ni para comer.
Por favor decirme algo, que ya no puedo más de pensar en todo esto.
Muchas gracias. Y perdón por haberme extendido tanto.