Hola tengo una duda referente a los embargos de nómina tengo claro lo de los tramos y tantos por ciento embargables.
Pero que pasa con el dinero de la nomina restante al cual se embargo ya su tanto por ciento puedo sacarlo libremente si cobro el día 10 sacarlo todo de golpe por si hace un barrido el juzgado.
Estamos hablando que serían 1700€.
Mi pregunta es podría el juzgado decirme para que quieres esos 1700€ que los justifique o incurrir en alzamiento de bienes,aunque sea para mi subsistencia estamos hablando es una cantidad elevada y yo no tengo hipotecas alquiler etc.
Gracias saludos