Si el dinero de tu cuenta procede exclusivamente de tu nómina, no te pueden quitar ni un céntimo, dado que ya te lo quitan de la nómina.
No obstante, es recomendable no tener un saldo mayor que una mensualidad de la nómina.
Buenas tardes. Actualmente, tengo un embargo de nómina de 60€ al mes (nómina de 1000€ aprox.), pero yo cobro en efectivo. Cuando meto dinero en mi cuenta para pagar un crédito (una casa que ya no tengo, aunque está como crédito personal), me lo quitan de hacienda, así que tengo que meter el dinero el día 1 y lo justo para que no me quiten el resto.
1) ¿Puedo tener una cuenta y domiciliar mi nómina sin que me quiten todo mi dinero?
2) Si de mi sueldo, descontando el embargo, consigo aun así ahorrar 100€, ¿puedo tenerlos ahorrados en mi cuenta o invertir, por ejemplo en bolsa, teniendo en cuenta el máximo legal que me pueden embargar o todo lo que me sobre de mi nómina debo destinarlo a pagar deuda embargada?
Muchas gracias de antemano por las respuestas.