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embargo de nómina y cuenta bancaria

19 Comentarios
 
10/10/2023 22:40
Me llega aviso de un embargo en cuenta corriente de 655 euros. En su día año 2016 gane juicio de devolución tema preferentes, el banco recurrió y me están haciendo pagar los gastos del juicio.pues la abogada no apareció. Que puedo hacer. Gracias en el mes de abril ya pague otro embargo de 852 euros por el mismo tema. Gracias por la ayuda
03/07/2020 15:11
Buenos días me embargaron la cuenta hacienda cuánto es lo que me pueden descontar de 1500 euros mensuales . Gracias por la respuesta.
23/06/2020 19:45
Hace tres días me han hecho una rentencion de dinero por orden judicial después de tres días me devuelven el dinero sin realizar ningún trámite la deuda es de 2006 y el procurador mando la orden de jecucion el año 2016 puede ser que estuviera caducado y por eso me lo han devuelto sin más o habrá otros en el futuro
10/03/2020 15:41
Mariarosa30a
Buenas tardes a tod@s. Bueno yo acumuló una deuda de unos 45000€ de distintas cosas con distintos procedimientos. Fui autónomo a la cabeza de un negocio familiar en quiebra y de ahí la deuda. Ahora me he desvinculado y tengo un trabajo de 24 horas semanales de 740€. Pero haciendo horas algunos meses me varían el contrato y sobrepasó los 1000. Llevo así un año y no me han tocado la nómina, pero eso sí mi cuenta personal donde me la ingresan la nomina lleva embargada 5 años. Me pueden hacer un doble embargo? Sé que no es lo habitual ya que la mayoría de los casos ocurren al revés, primero embargo de nómina y si tal las cuentas.

Agradezco respuestas, muchas gracias
27/02/2020 08:04
Mariarosa30a
Depende de la naturaleza del impago, si es por impago de pensión de alimentos es perfectamente legal retenerle esas cantidades. Si es un embargo por una deuda al uso y en esa cuenta el único ingreso es la nómina, puede solicitar que le retengan solo la parte correspondiente a la nómina.

Dependiendo de si el embargo lo emite un juzgado o la administración pública los cauces son diferentes.
27/02/2020 05:52
Mariarosa30a
Hola buenas queria explicar mi caso acabo de empezar a trabajar y en la primera nomina me han embargado de 1250 110 euros y del resto al ingresarmelo en la cuenta de los 1140 restantes me han retenido 750 me han dejado en la cuenta 360 euros eso se puede hacer? como puedo hacer para poder recuperar lo retenido? Muchas gracias
31/01/2020 15:54
paquito xocolatero
Buenas tardes nuevamente,

Me podrías decir en que horario atienden en los juzgados de Plaza Castilla, para cuestionar un tema relacionado con esto, y que creo hay un error por parte de una gestión de un Banco,

Gracias por todo
07/01/2020 10:33
Mariarosa30a
Si te dieran el préstamo, lo lógico sería que fuera a pagar a los acreedores que tienes, antes que a otra cosa. Sí es embargable, por supuesto.
07/01/2020 08:11
Mariarosa30a
Depende, si en la cuenta bancaria hay ingresos aparte de la nómina, es perfectamente embargable
07/01/2020 03:16
Mariarosa30a
Hola buenas noches tengo una gran duda y a ver si me pueden ayudar mi marido tiene la nómina embargada por un préstamo familiar y resulta que me embargan la cuenta de ahorros por un sellos de un coche que me han robado en el año 2006 se puede enbargar la cuenta bancaria si ya me encargan un 30%de la nómina muchas gracias
28/12/2019 06:44
Mariarosa30a
Puede Juzgado previa solicitud de embargo y denegación por parte de la empresa por embargo previo 30%, embargar la cuenta bancaria donde se recibe el salario como transferencia el dinero que se deja en la cuenta para el pago de alquiler, recibos, y gastos de manutención ? Se puede recurrir a juzgado ese embargo de cuenta si ya se tiene embargo en nomina y te han dejado con tu minimo?
20/12/2019 18:05
Mariarosa30a
Respecto a su pregunta, si. Todo ingreso en cuenta bancaria ajeno a la nómina es susceptible de ser embargable.
20/12/2019 18:04
Mariarosa30a
Sinceramente dudo mucho que se lo concedan, lo primero que hace el banco es revisar el CIRBE del banco de España y los archivos de morosidad. Aún suponiendo que el acreedor no le haya incluido en ningún archivo de impagados, ya figura como deudor de 20000 de préstamo.

No se fie de la publicidad de los bancos de "préstamo preconcedido" ya que hasta que no lo solicita no contrastan la información de los registros que le he comentado, y eso es instantaneo, no hay un proceso que requiera seguimiento.
20/12/2019 14:55
paquito xocolatero
Muchas gracias primeramente, pero por otra parte tengo buenas nociones que me lo puedan autorizar (por lo que he visto en el seguimiento de una solicitud), hipotéticamente que me lo puedan autorizar, me lo embargarían?

Otra vez, mil gracias.
20/12/2019 14:46
Mariarosa30a
La devolución de hacienda también es embargable. Un préstamo es bastante improbable que te lo concedan si estás embargado, porque irían a la cola a la hora de recuperarlo.
20/12/2019 14:42
Grisolía
Voy aprovechar el hilo para preguntar, si es válido también que se embargue:
- Lo devuelto por Hacienda
- Que pasa si se solicita un préstamo

Gracias
09/10/2018 14:18
Mariarosa30a
La nómina ha de respetarse. Cuando el banco recibe la remesa de nóminas, ha de abstenerse de embargar un solo céntimo, puesto que, de haber embargo, es trabado en origen (es decir, en la empresa pagadora). En estos casos ha de apercibir al banco POR ESCRITO SELLADO que se abstenga de tocar nada de la nómina: ni salario mínimo, ni salario de ningún otro tipo. En la comunicación ha de dejar bien claro que en otro caso se comunicará al Juzgado que ha acordado el embargo para que sea el banco, y no el acreedor, quien devuelva el dinero. Esto último los convencerá definitivamente.
09/10/2018 13:54
Grisolía
Gracias.
Mi pregunta es que si la ccc se embarga, qué sucede con el dinero de la nómina (ya embargada) que llega a esa cuenta. Se vuelve a embargar lo cobrado ya sin límite?
09/10/2018 13:11
Mariarosa30a
No hay dos embargos, sino uno solo. Existe un decreto general de embargo contra todos sus bienes, presentes y futuros. Lo que ocurre es que, excepcionalmente, la nómina tiene unos tramos que hay que respetar para que el embargado pueda atender su propia supervivencia. Pero solo la nómina. El resto de sus bienes (cuenta, efectivos, coche, vivienda) serán embargados implacablemente sin sujeción a tope ninguno, hasta que sea pagado el acreedor.
Embargo de nómina y cuenta bancaria
08/10/2018 19:18
Buenas, dentro de poco voy a tener una deuda por 20000eur que no podré pagar por asuntos familiares bastante graves y aún no ha habido juicio y por tanto ningún embargo. Mi nómina son 950eur, y si el SMI son 735.9eur, entiendo que de mi nómina me van a embargar el 30%, 64.23eur aproximadamente una vez exista sentencia y orden de embargo.

Hasta allí lo entiendo. Mi consulta:
1. Si mi nómina me lo pagan en mi cuenta bancaria, en esa cuenta irían los 885.77eur restantes. Si por orden judicial me embargan la cuenta, ¿qué ocurre con esos 885.77euros que tienen concepto de pago de nómina? ¿Me los quitan? He leído que en la cuenta bancaria también se embarga a partir del SMI, entonces ¿también me embargarán de esos 885.77eur lo correspondiente? Es decir, ¿doble embargo aunque el origen de esos 885.77eur sean de la nómina ya embargada?

2. He leído que una vez embargada la cuenta con respecto al SMI, si pasado un mes se va acumulando dinero en la cuenta superior al SMI, se vuelve a embargar porque se entiende que el sueldo es para mantenerse durante un mes. Entonces lo que tendría que hacer es antes de un mes sacar el dinero en efectivo de la cuenta, ¿no? ¿Cómo funciona concretamente?

Saludos.