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Embargo de juzgado, ¿Tienen caducidad esas sentencias?

1 Comentarios
 
Embargo de juzgado, ¿tienen caducidad esas sentencias?
03/04/2018 12:17
Hola, debido a una mala gestión de juventud tengo varias sentencias de entre los años 2000 y 2008, llevo muchos años sin ingresos fijos y ahora que he podido rehacer mi vida he recibido un embargo de juzgado, tiene esas sentencias caducidad? Hace ya tantos años, sobre todo de las primeras que ya no recuerdo ni importes ni acreedores? Que puedo hacer?
03/04/2018 12:51
Pms1978
Las sentencias caducan a los 5 años si no se ha presentado su ejecución. Una vez que el acreedor interpone la ejecución de sentencia, dentro de esos 5 años, el procedimiento ya no caducará y podrán embargarle en cuanto tenga bienes o salario.

Puede informarse en el juzgado de los acreedores e importe adeudado que se incrementará notablemente por intereses de demora y costas.

Puede oponerse si le están reteniendo importes superiores a los que establece la Ley de enjuiciamiento civil:
SMI (707,06 €) - Inembargable
Entre 1 y 2 veces el SMI (1.415,2 €) - 30% embargable de las cantidades que superen el SMI
Entre 2 y 3 veces el SMI (2,122,8 €) - 60% embargable
Entre 3 y 4 veces el SMI (2.830,4 €) - 75% embargable
Más de 5 veces el SMI (más de 3.538 €) 90% embargable

Por último, si la deuda era muy grande puede intentar solicitar el concurso de acreedores de persona física.