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Embargo de fondos o plazos fijos

2 Comentarios
 
Embargo de fondos o plazos fijos
18/11/2010 12:55
Ante el impago de un IBI,de hace 4 años,que ni me fué presentado al cobro y su direccion la hicieron incorrecta,desconocida y dificil de buscar el recibo;ahora, he recibido aviso con recargo en caso de impago,amenaza de embargo de bienes.;los demas ejercicios los he hido pagando religiosamente puntuales
Mi deseo es pagar cuando las circunstancias me lo permitan,y ya que he racargo del 20% no hay quoien me lo quite (aunque el error fuera de ellos)ya que no se hizo notificacion alguna y la direccion era incorrecta por parte de la Diputacion.
A tal fin pregunto; si los depositos a plazo y fondos de inversion son embargables; ya que unos me dicen que los fondos no ,pero si se pueden embargar los depositos,.
Pienso pagar; pero quiero hacerles penar lo mismo que ellos me han hecho penar a mi por su fallo.
Como siempre agradecido y saludos
18/11/2010 19:30
Son embargables todos los bienes. Existe, sin embargo, orden de prioridad para embargar. La primera prioridad se aplica al dinero efectivo o en cuentas en entidades de crédito; en 2º lugar, se encuentran los créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo; .... ; en el 9º y último lugar, después del sueldo, los bienes inmuebles, los establecimeintos mercantiles, etc, se encuentran los créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo (más de seis meses).

Por tanto, tanto los depósitos como los fondos son embargables.

Un saludo,
perfil IVR
20/11/2010 15:25
De acuerdo con taxland.