Mi Consulta es porque el Juzgado me ha embargado la facturacion total, son comisiones de seguros, de mi empresa por retrasos en deudas con terceros, a la hora de declarar el 347 mis clientes, compañias de seguros, claro lo declaran todo lo que me tenian que haber pagado pero no he recibido, que consideracion contable y fiscal tiene dicho embargo, lo tengo que considerar como ingreso, por lo tanto beneficios, o de otra forma.