Hoy he tenido el privilegio de poder hablar con el secretario judicial.
Me ha dicho que no me preocupe , que si lo embargado no procede , se me devolverá.
Le he pedido que mirase la documentación que le aportaba ( certificado bancario justificando que el saldo corresponde a la pensión íntegramente , mas dos euros que había en cuenta.)
Me dice que no me pueden embargar Toda la pensión.
Mas , el mismo , me dice que ese embargo está mal practicado por dos cuestiones.
Una, que me están embargando el SMI, y no es de ley.
Y otra , que la cuenta tiene dos titulares , por lo tanto , solo se puede embargar el 50%.
Me dice así:
""esto no es lo que el juzgado ha solicitado que le embarguen . Lo que ocurre es que a quien enviamos la orden de embargo, no hace bien su trabajo. Nosotros no hemos pedido que le bloqueen toda su pensión, hemos pedido que se embargue todo el saldo. Esto al banco.
Y a la seguridad social , se pide que se retenga la parte proporcional embargable , que esa si será descontada.
Por lo tanto , le van a embargar a usted el saldo que tenia antes de cobrar su pensión , 2 euros , más , el los 18.04 que ya le retienen directamente desde la seguridad social"".
Le mandaré orden al banco para que pueda disponer del resto del dinero.""
Uff, madre mía , entre el acoso de la financiera, el juicio , ahora el embargo y una depresión enorme que he cogido , heperdido en este proceso mas de 10 kilos.
Y es que hay quien no paga porque no quiere , y quien quiere pero no puede.
Saludos
Gracias.
Si hasta el banco y el propio INSS me dicen que no es correcto el embargo .
En el inss me dijeron que lo "normal" es que les llegue ha ellos una orden judicial para que directamente me hagan la retención oportuna y legal.
(30% de lo que sobrepasa el SMI)
Que el saldo en cuenta SI me lo pueden embargar , pero no aquél que proviene del pago de la pensión ,
No si pertenece al salario o pensión del mismo mes en que se produce el embargo.
Esto me lo dice un funcionario del INSS .
??Porque sabe esto el personal del banco , del inss , vosotros aquí en el foro , Y UN FUNCIONARIO DEL JUZGADO NO??
??soy ciudadano de segunda por ser moroso??
Creo que la ley es igual para todos, (bueno , realmente ya no creo en la ley)
Si aquél que imparte la ley , la incumple , apañaos vamos........
Si tuviese dinero para pagar un buen abogado , quizás al menos podría defenderme , y estoy convencido de que es ilegal ese embargo, o como deciis los juristas. , improcedente.
Pero saben que estoy en situación de indefensión , y me están pisando cual cucaracha.
LECHES , !!que quiero pagar!!! que incluso ofrecí 100euros al mes en vez de embargarme esos 18 euros que según eso que llaman ley , me pueden embargar.
Pero no , hay que joderme la vida , y dejar a mis hijos sin comer.
Y , eso , señoresas, NO LO PERMITO.
A mi que me lleven a la cárcel , pero mis hijos no se tocan, y el segundo que los tenia que proteger es el juez..........ese mismo que este mes los deja sin alimentos.
Si ese funcionario no da su brazo a torcer, pide un abogado de oficio que lo lleve a donde corresponde. Vete hablando con el Colegio de Abogados para que te asignen uno.
El Smi mensual creo que es inembargable. Ese funcionario parece que no quiere dar macha atrás sobre una actuación indebida y se refugia en el juez (que en agosto debe estar de vacaciones), para no corregir. Siga usted insistiendo y espere que algún experto como Juan S. le indique cómo actuar con contundencia.
Gracias.
He llevado ese certificado hoy al juzgado.
Me dicen que además presente un certificado del inss que indique el importe de la pensión . (pero si eso se ve en el certificado del banco).
.Además dice que no me asegura el levantamiento .
Que el saldo en cuenta se considera ahorro .
Le he dicho al funcionario que me atendió que no son ahorros, que le traigo los últimos movimientos de cuentas , y que antes de cobrar la pensión solo habían dos euros , lo demás es el importe integro de la pensión.........que es lo que hay para comer......
Insistió en que no me asegura el levantamiento, que una vez el juez dictó embargo y se ejecutó , es muy difícil que me lo levanten.
Tengo dos hijos, hay que pagar otros préstamos , luz , agua , y comer.
Eso no lo respeta el juez??
Que no lo respete la financiera casi lo entiendo , pero no que lo haga un juez , al menos , que respete la parte que corresponda para alimentos de mis hijos .....
Si me embargan la pensión al completo (como ya han hecho) , me condenan a dejar de pagar la luz , el agua , al seguro de decesos , y sin alimento.
??justicia??
??donde??
Me han embargado mi pensión al completo y han embargado mi posibilidad de mantener a mis hijos , ....!!por dios!!!
Que debo 3000 euros y he querido negociar el pago, a 100 euros al mes hasta liquidar la deuda....
QUE ME DIJO EL ABOGADO QUE EL SMI ERA INTOCABLE POR LEY.
??LEY??
??donde??
Según este funcionario es muy difícil que me levanten el embargo......o sea , que se pasa esa ley por el forro , vaya.
En la cuenta habían dos Euros antes de cobrar la pensión.
Cobro una pensión de 709 euros , y han embargado 711.
La deuda es de 3000 euros.
Según tenia entendido, no me podían embargar el Smi ,
El abogado de oficio que me asistió, me dijo que me podrían embargar las cuentas bancarias , pero , nunca , el importe completo que provenga del pago de la pensión.
Es mas, me dijo que la parte embargable de una pension de 709 euros eran unos 18 euros mensuales.
Otros bienes no tengo a mi nombre.
Por otra parte , son ganas de joder la vida.
Yo intenté llegar a un acuerdo y pagar 100 euros al mes.....pero lo rechazaron.........y resulta que ahora lo que me pueden embargar son 18 euros.
Suponiendo que me levanten el embargo.
??yo puedo ir consignando 100 euros al mes aparte de que me embarguen 18 ???
Lo que quiero es pagar y liquidar la deuda lo antes posible , pero no hay manera de llegar a un acuerdo con la entidad financiera.
Exigen el pago total .
Por supuesto que puedes levantarlo. Tienes que ir al juzgado con un certificado del banco donde se indique que sólo ingresas esa pensión, para que te levanten el embargo. Solamente es embargable el importe que establece la Ley de Enjuiciamiento.
Supongo que el saldo embargado no será muy superior al importe mensual de la pensión.
Hola.
He recibido embargo de mi cuenta por orden judicial.
El saldo retenido proviene del pago de mi pensión.
Me pagaron la pensión el día 25 y me la retuvieron el dia 27 (al completo)
??puedo levantar ese embargo de alguna forma??
El saldo retenido proviene única y exclusivamente de la pensión.
GRACIAS.