Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

embargo de casa por impago de coche

2 Comentarios
 
Embargo de casa por impago de coche
25/06/2009 13:58
Hola
me estoy divorciando el caso es q tenemos un coche nuevo que se queda mi ex el coche tiene 6 meses y un ptmo q finaliza en enero 2010. El caso es q como estamos los dos en el prestamo el me amenaza con dejar de pagarlo y que el banco ira por mi ya que tenog la casa (la casa tiene 1 hipoteca en el mismo banco q el coche)
Mi duda es no seria mas logico qu e le embargaran el coche o su nomina? Porq mi casa si el coche tiene un valor superioor al de la deuda.
Por favor diganme si hay alguna posibilidad de q sea cierto de q si no paga el ptmo me embargaran la casa si yo pago mis letras.
28/06/2009 20:41
Creo que el mejor consejo es que si estas en trámites de divorcio te pongas en manos de un Letrado de tu confianza. De todas maneras intentaré explicarte que ocurre con los préstamos personales que no se pagan.

Al ser los dos deudores del préstamo respondeis cada uno de vosotros del total de la deuda. Si dejais de abonar las cuotas del préstamo, el banco os requerirá para que le pagueis la deuda total dando por terminado el contrato, si no se lo abonais, comenzará un procedimiento judicial. ¿Qué es lo que ocurre aquí? que antes de interponer la demanda se solicita información a los registros de la propiedad para conocer si el deudor posee bienes inmuebles. Al poseer bienes inmuebles, conforme se presenta la demanda se solicita el embargo de esos bienes, pero también se solicita al juzgado que recabe información sobre el patrimonio del deudor. Esa información son cuentas bancarias, nominas, pagos, etc... Es entonces cuando lo que se solicita es el embargo de esas cuentas y nóminas. Claro está que ese embargo es posterior al del bien inmueble que es embargado desde el inicio, prácticamente, del procedimiento.
Ten en cuenta que una vez que se conocen todos los bienes del deudor la ley establece como se han de realizar el orden de los embargos, artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por supuesto si no existiera ningún otro bien o medio por el que el banco pudiera cobrar la deuda, el bien inmueble sería subastado.
28/06/2009 23:12
Gracias por tu información, estoy en manos de un letrado pero el me dice que iran por mi casa y que no hay otra opcion solo queria asegurarme q era asi.
Porque no entiendo porque no es mas facil embargar el coche ya que su valor es superior al el prestamo que se pidio.
Bueno lo dicho gracias