Un matrimonio en separacion de bienes. Hacen el IRPF de manera conjunta, pero solo hay ingresos de uno de los conyuges. ¿pueden embargar las cantidades a devolver por deuda de la seguridad Social del conyuge que no ha tenido ningun ingreso? En caso afirmativo, ¿la cantidad a embargar sería solo del 50%?
Gracias.