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Embargo de bienes

3 Comentarios
 
Embargo de bienes
20/09/2010 15:39
Hola buenas , escribo en este foro porque tengo una duda derivada de un problema que tengo con France Telecom.El tema es que tengo una deuda con ellos de 2000eur de un telefono de Orange,me la esta reclamando un despacho de abogados que se llama Corporacion Legal.Me han mandado una carta diciendome que embargarian herencias bienes..etc..Nada,he intentado llegar a un acuerdo con ellos intentando ingresar pequeñas cantidades poko a poko para ir solventando la deuda,pero bueno me tratan bastante mal y me exigen grandes cantidades de las cuales no dispongo.
Mi duda es ...Pueden embargarme el coche que aun no tengo pagado (prestamo por el banesto) y mis padres avalandome.?que puedo hacer? puedo tramitar una transferencia de vehiculo o donación? necesito ayuda.gracias
20/09/2010 16:13
buenas.
veamos vamos por partes.
la LEC en sus arts. 584 y sig. establece que se procedera al embargo de los bienes del deudor ante la imposibilidad de recuperar la deuda mantenida con el acreedor.
Despues, y mas concretamente en el art. 592 de la misma ley establece un orden de embargos. En primer lugar dinero y cuentas corrientes. En el 6º lugar estan los bienes muebles, esto es, tu coche.
Respondiendo a tu pregunta, sí, te pueden embargar el coche. Aunque no lo tengas pagado pueden proceder a anotar el embargo en el RBM (Registro de bienes muebles). Si es una financiera la reserva de dominio sera de ella y no tuya, y si es tuya, te precintan el vehiculo judicialmente y te lo retiran para subastar.
A la segunda pregunta, puedes pagar.
Y a la tercera pregunta, no, no puedes, dado que es ilegal, ilícito. Se denomina alzamiento de bienes, y te van a pillar.
conssejo: por 2000 € pueden perfectamente proceder a demandar. Por ello, bien pagalo cuanto antes y quitate el muerto que no es mucho dinero y no merece la pena. O bien, no pagues, no recojas ni una notificacion, que nadie recoja nada en tu nombre y puede que si instan un monitorio lo archiven por ilocalizado. Pero ese es el "mal consejo". No dormiras tranquilo y puedes tener problemas en tu empresa, dado que tambien te pueden embargar el salario.
un saludo.
20/09/2010 16:58
Gracias por la respuesta..pero ellos no quieren pekeñas cantidades frecuentemente..no se explicarlo..me exigen grandes cantidades y no las tengo..me han dicho que puedo consignar la deuda en el juzgado.Que significa eso?yo quiero pagar pero poko a poko pk no dispongo de mucho dinero.pero les kiero pagar por supuesto.
20/09/2010 17:37
Es decir que oficialmente estás demandada? enterate bien porque alomejor estas aun a tiempo para oponerte a la demanda. Igualmente, entérate del juzgado en el que esta interpuesta la demanda para ir haciendo ingresos parciales, pero, si no llegas a un acuerdo con los demandantes, el procedimiento seguirá su curso y al final te embargarán.
Para diltar un poco el procedimiento, puedes presentar un escrito al juzgado indicando que has contactado con la demandante y le has ofrecido hacer pagos de X euros al mes.
El juzgado dará traslado de tu escrito a la contraparte y ésta dirá que te metas tu acuerdo por donde te quepa pero habrás ganado unas semanas/meses dependiendo del juzgado que sea.
Mira a ver si te han interpuesto un monitorio o un verbal.