Hola a todos, tengo algunas inquietudes. Me explico:
1.- En el caso de que mi pareja me ponga como autorizado en su cuenta bancaria podría la administración y/o un tercero por orden judicial embargar la cuenta por una cantidad que se me reclame a mí.
2.- En el caso de que en lugar de ser autorizado sea cotitular de la cuenta, ¿embargarían el total de la cantidad o solo el 50% de la cantidad reclamada?
3.- ¿Existe alguna forma de domiciliar mi nómina en una cuenta bancaria en la que soy solamente autorizado?
1- No
2 - Embargarían la cantidad que se le reclame que no podrá superar el 50% del saldo, aunque se podrían plantear muchos problemas porque puede Vd. ser cotitular de la cuenta y no ser el propietario del dinero. Por tanto, depende.
3.- Si pero si su pretensión es defraudar a sus acreedores, la maquinación tiene consecuencias civiles e incluso, penales.
Un saludo.
Una última pregunta, una vez pagado por ejemplo el IBI ¿podré tener posibilidades de éxito si reclamo judicialmente al que era copropietario de la vivienda que me reintegre el 50% del impuesto total pagado?