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embargo: Cuando hacienda subasta un bien y queda desierta la subasta

12 Comentarios
 
Embargo: cuando hacienda subasta un bien y queda desierta la subasta
22/09/2011 17:15
Cuando hacienda subasta un bien y queda desierta la subasta debe adjudicarse el bien en pago de la deuda si el deudor lo prefiere así y es proporcionado?
22/09/2011 20:50
Yo creo que adjudicárselo es una opción, no una obligación.
26/09/2011 13:55
Si se trata de bienes inmuebles que no tengan cargas o gravámenes o, aun teniéndolos, el importe de dichas cargas sea inferior al valor en que deban ser adjudicados según el artículo 172 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el órgano competente acordará la adjudicación.
26/09/2011 22:30
El procedimiento de apremio podrá concluir con la adjudicación de bienes a la Hacienda Pública cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles cuya adjudicación pueda interesar a la Hacienda Pública y no se hubieran adjudicado en el procedimiento de enajenación.

"Podrá" implica opción, no obligación.
27/09/2011 00:42
Efectivamente Juan el 172 LGT dice eso.
El desarrollo reglamentario en el 109.2 RGR señala que en el supuesto que indico se "acordará la adjudicación" ....obligación???
27/09/2011 08:42
Coincido con Juan S.

La adjudicacion de bienes a la Hacienda Pública procederá o no según le interese a la propia Hacienda.
El texto que Vd. menciona se encuentra dentro de la Subsección VI del RGR - "Adjudicación de bienes a la Hacienda pública", para que nos entendamos, simplemente desarrolla los términos de la adjucación en sí, en el supuesto de que proceda.
Por otro lado, no olvidemos que un reglamento nunca puede estar por encima de una Ley.

Saludos.
28/09/2011 17:43
por tanto entendeis que si se ejecuta una garantia real sobre un inmueble y no se puede adjudicar por la subasta ....haicienda puede embargar otros bienes para cobrar indefinidamente ( estoy hablando de una deuda de la hacienda local)
28/09/2011 21:23
Yo entiendo que sí, Hacienda puede embargar otros bienes "hasta que presuma cubierta la deuda" como dice literalmente el art. 169.4 de la LGT.
08/10/2011 12:25
Pero un ayuntamiento de un pueblo de Madrid no puede embargar cuentas en Malaga si no tiene convenio para ejecutiva con la AEAT..y creo que ninguno lo tiene
08/10/2011 16:26
¿Afirmas o preguntas?
09/10/2011 12:37
Tu opinion Juan me es de interes
10/10/2011 14:45
Pregunto Juan pregunto
13/10/2011 17:26
la agencia tributaria estatal embarga cuentas bancarias por deudas de ayuntamientos? O solo si hay convenios firmados que creo q solo pueden hacer ayuntamientos grandes de mas de 50.000 habitantes?