El subforo Derecho Procesal parece inactivo, no sabía dónde ubicar esta pregunta. Gracias por sus respuestas.
En el año 2008 ni nómina fue embargada por orden de un juzgado para pago de costas de un juicio civil (división de cosa común). En el año 2012 cambié de pagador y el embargo cesó. La situación no fue comunicada al juzgado. No he vuelto a tener noticias de ese embargo y ni nómina no ha vuelto a ser embargada por el mismo concepto. Han pasado 13 años.
¿Ha prescrito la capacidad del ejecutante para la solicitud de la reactivación del embargo?
¿Debería solicitar en el juzgado correspondiente información sobre el estado de la ejecución para "cerrar este asunto", o corro el riesgo de que el embargo vuelva a reactivarse?
Como he indicado gracias por sus respuestas. Muy amables.