Buenos dias este organismo a procedido a embargar una cuenta corriente de un cliente. Este cliente no es residente en Vitoria ni en Alava y las cuentas corrientes están domiciliadas en Madrid. Me consta que en regimen comun, un ente local no puede embargar fuera de su territorio y debe firmar un convenio de colaboración con la aeat, pero desconozco el limite en una provincia con regimen foral y desconozco si tiene esta misma limitación o sus propias caracteristicas le amplian sus competencias. El embargo se ha realizado en una cuenta del BBVA y me han indicado en el organismo que se ha realizado de acuerdo al cuaderno a63 y que en todo caso reclame al banco. Mañana tengo una reunión con el organismo y me gustaria tener clara esta duda pues deseo iniciar acciones en nombre de mi cliente. gracias