Quisiera saber si ALGUIEN me puede ayudar con una duda, yo percibo una pensión de incapacidad la cual ha pasado recientemente de ser una incapavidad permanente total a ser una incapacidad permanente absoluta después de ganarle un juicio a la seguridad social , el caso es que tengo una deuda con hacienda por la que me retienen 88 euros mensuales de 1000 que cobro con las pagas prorrateadas incluidas,mi duda es que ahora deben pagarme los atrasos desde la fecha de la demanda, teniendo en cuenta que serian unos 9000 euros en concepto de salarios atrasados ¿pueden embargarme la totalidad o deben aplicar los baremos correspondientes para el embargo de salarios? Muchas gracias y disculpe las molestias.