La ejecucion de sentencias se pueden hacer hasta despues de 15 años de dictadas ese es el plazo de prescripción, y te pueden embargar todo lo que puedas tener en ese plazo. Lo que dudo es que la entidad crediticia este atenta para ver si has venido a mejor fortuna, porque es ella quien lo debe pedir el juzgado no hace nada. Para saber cuanto se debe pues ir al juzgado y ver el expediente
Mi caso es el siguiente. Para que le concedieran a mi ex pareja un crédito personal de 10.000€, para comprarse un coche tuve que firmar yo tambien en el préstamo. Después de terminar la relacion, me entero a los meses que no estaba pagando las cuotas. Yo tampoco podía pagar asi que el banco nos denuncia. En la sentencia que se dicto el 25-10-2005 indica que le embargaran el coche y a los dos nuestras nóminas. Al final el coche de él no lo embargaron ni mi nómina tampoco (creo que por que cambie de empresa) pero si la suya. Según mis calculos todavía quedaría por pagar algo. Yo ahora me voy a comprar un coche de segunda mano. Mis preguntas son: Me pueden embargar el coche que me compre todavía? Podría haber algún problema en tráfico cuando fuera a cambiar el titular? Prescribe la deuda? Hay alguna manera de saber cuanto se ha pagado con lo que el juzgado fue embargando en la nómina de mi ex? Alguna forma de saber cuanto falta por pagar? Me podrían embargar mi nómina si no es la misma empresa de la sentencia del juzgado?
Gracias